LEY 67 DE 1981

Leyes 1981
image_pdfimage_print

LEY 67 DE 1981

  (NOVIEMBRE 24)

  Por la cual se honra la memoria del doctor José Joaquín Motta Motta.

  El Congreso de Colombia

  D E C R E T A :  

ARTICULO 1º.-La Nación honra la memoria del doctor Jose Joaquín Motta Motta   ilustre ciudadano. hombre público, aquilatado jurista y demócrata defensor de   sus ideales patrióticos, muerto en confusas circunstancias el día 5 de febrero   de 1980, siendo miembro, eminente de la honorable Cámara de Representantes por   la Circunscripción Electoral de Boyacá.

  ARTICULO 2º.-Un busto de bronce del extinto, será colocado en uno de los parques   de la ciudad de Moniquirá, donde nació, con una leyenda del Congreso de la   República que recuerde su calidad de jurista y eminente servidor público.

  ARTICULO 4º.-El Gobierno Nacional tomará todas las medidas necesarias para dar   cumplimiento a esta Ley.

  ARTICULO 5º.-Una copia de la presente Ley será enviada en pergamino a su familia   Motta Navas.

  ARTICULO 6º.-Esta ley regirá desde su sanción.

  Dada en Bogotá, D. E., a los veintisiete días del mes de octubre de mil   novecientos ochenta y uno.

  El Presidente del honorable Senado de la República GUSTAVO DAJER CHADID, El   Presidente de la honorable Cámara de Representantes J. AURELIO IRRAGORRI   HORMAZA, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín   Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de   Representantes, Ernesto Tarazona Solano.

  República de Colombia-Gobierno Nacional

  Bogotá D. E., 24 de noviembre de 1981

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Gobierno,  

Jorge Mario   Eastman.          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *