LEY 67 DE 1973
(diciembre 28 de 1973)
por la cual se nacionaliza el Colegio “Instituto Manizales” de la ciudad de Manizales.
El Congreso de Colombia,
DECRETA
Artículo 1. Nacionalizase el Colegio “Instituto Manizales” de la ciudad de Manizales.
Artículo 2. A partir de la vigencia de esta Ley, la Nación asumirá la dotación, el sostenimiento y los gastos de funcionamiento de este establecimiento educativo de enseñanza secundaria.
Artículo 3. Con el objeto de dar cumplimiento a la presente Ley, autorizase al Gobierno Nacional para celebrar contratos, abrir créditos y ejecutar los traslados presupuéstales que fueren necesarios.
Artículo 4. Esta ley rige a partir de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y tres.
El Presidente del honorable Senado,
HUGO ESCOBAR SIERRA.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
DAVID ALJURE RAMIREZ
El Secretario General del honorable Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Néstor Eduardo Niño Cruz.
República de Colombia- Gobierno Nacional.
Bogotá D. E., 31 de diciembre de 1973.
Publíquese y ejecútese.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
El Ministro de Educación Nacional,
Juan Jacobo Muñoz.