LEY 63 DE 1979

Leyes 1979
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LEY 63 DE 1979

  (DICIEMBRE 21)

  Por medio de la cual se conceden unas autorizaciones al Gobierno Nacional.

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:

     

ARTICULO 1º.-Autorízase, al tenor del numeral 11 del articulo 76 de la   Constitución Nacional, al Gobierno Nacional para que enajene, a título gratuito,   a favor de la Universidad de Antioquia, con destinación a ser anexo de su   Facultad de Derecho, el edificio que ocuparon, en otra época, la Biblioteca   General de la Universidad y la citada Facultad, situado en la ciudad de   Medellín, en la carrera 43 (Girardot) entre calles 49 (Ayacucho) y 48   (Pichincha), bien sea titular del derecho de dominio el Gobierno mismo o una de   sus institutos descentralizados.

  ARTICULO 2º.-La Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, destinará   tal edificio para establecer una Biblioteca Jurídica y para foros, cursos de   especialización, cursillos, consultorio jurídico y demás actividades afines.

  ARTICULO 3º.-Los dineros que la Nación apropió para conmemorar los 150 años de   fundación de la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, en ley   distinta a la presente , podrán ser invertidos íntegramente para cumplir a   cabalidad la destinación prevista en el articulo anterior, remodelando con su   importe y dotando el edificio cuya enajenación a título gratuito se autoriza por   la presente.

  ARTICULO 4º.-Esta Ley rige desde su promulgación.

  El Presidente del honorable Senado de la República, HECTOR ECHEVERRI CORREA, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ADALBERTO OVALLE MUÑOZ, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el   Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E. 21 de diciembre de 1979.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Educación Nacional,  

Rodrigo Lloreda   Caicedo,  

 el Ministro   de Obras Públicas y Transporte,  

Enrique Vargas   Ramírez.

             

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