LEY 62 DE 1981
(NOVIEMBRE 13)
Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abre un crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la Vigencia Fiscal de 1981 (Ministerio de Obras Públicas y Transporte), por $627.123.000.00.
El Congreso de Colombia
DECRETA
ARTICULO 1º.-Adiciónase el Presupuesto de Renta y Recursos de Capital de la vigencia Fiscal de 1981 en la cantidad de veintisiete millones ciento veintitrés mil pesos $627 123.000.00 moneda corriente que con base en el Certificado de disponibilidad número 52 de julio 24 de 1981, se incorpora así:
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
Recursos de Capital.
CAPITULO XIII
Recursos del Crédito
a) Recursos del Crédito Interno
Numeral 108. Emisión de Título de Deuda Pública Nacional-Deuda Interna-denominados “Bonos Parque Simón Bolivar”
Suma el Recurso
$ 627.123.000
627.123.000
ARTICULO 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, abrase el siguiente crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la Vigencia Fiscal de 1981, así:
PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
Ministerio de Obras Públicas y Transporte
CAPITULO 23
PROGRAMA 2104
Inmuebles, Parques y Monumentos
Inversión Indirecta.
Recurso: Crédito Interno. Emisión Bonos parque Simón Bolivar.
Articulo 6904. Parques y monumentos nacionales.
41-352. Proyecto 7. Construcción de un parque popular en la zona El salitre de Bogotá, D.E., destinado a honrar la memoria del Libertador Simón Bolivar $627.123.000
Suma el Crédito $ 627.123.000
$627.123.000
ARTICULO 3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y uno (1981)
El Presidente del honorable Senado de la República, GUSTAVO DAJER CHADID, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes. J AURELIO IRAGORRI HORMAZA, el Secretario General del honorable Senado de la República. Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Ernesto Tarazona Solano.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 13 de noviembre de 1981.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E), Javier Fernández Riva.