LEY 60 DE 1988

Leyes 1988
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LEY 60 DE 1988  

(Diciembre 12)  

Por la cual se   decretan unas operaciones en el Presupuesto Nacional para la vigencia fiscal de   1988.  

El Congreso de   Colombia  

DECRETA:  

ARTICULO   1º.-Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la   vigencia fiscal de 1988, en la cantidad de treinta y seis mil veinte millones   quinientos ochenta y un mil doscientos cuarenta y un pesos con 42/100   ($36.020.581 .241.42) moneda corriente; que con base en los certificados de   disponibilidad números:  

Debido a lo   extenso de esta ley se omite su publicación y se informa que el texto completo   se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 38.609 del 12 de diciembre de   1988.  

ARTICULO   7º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.  

Dada en Bogotá,   D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y ocho (1988).  

El Presidente   del honorable Senado de la República, ANCIZAR LOPEZ LOPEZ, el Presidente de la   honorable Cámara de Representantes, FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR, el Secretario   General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, El   Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.  

República de   Colombia-Gobierno Nacional  

Bogotá, D. E.,   12 de diciembre de 1988.  

Publíquese y   ejecútese.  

VIRGILIO BARCO  

El Viceministro   de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del   Ministro, Arturo Ferrer Carrasco.  

           

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