LEY 60 DE 1988
(Diciembre 12)
Por la cual se decretan unas operaciones en el Presupuesto Nacional para la vigencia fiscal de 1988.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1988, en la cantidad de treinta y seis mil veinte millones quinientos ochenta y un mil doscientos cuarenta y un pesos con 42/100 ($36.020.581 .241.42) moneda corriente; que con base en los certificados de disponibilidad números:
Debido a lo extenso de esta ley se omite su publicación y se informa que el texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 38.609 del 12 de diciembre de 1988.
ARTICULO 7º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y ocho (1988).
El Presidente del honorable Senado de la República, ANCIZAR LOPEZ LOPEZ, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 12 de diciembre de 1988.
Publíquese y ejecútese.
VIRGILIO BARCO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro, Arturo Ferrer Carrasco.