LEY 60 DE 1979
(DICIEMBRE 21)
Por la cual se rinde homenaje a distinguidos ciudadano.
El congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-La República rinde homenaje de gratitud y admiración a los eminentes ciudadanos y doctores Angel Martín Vásquez Abad, José J. Gómez, Eduardo Fernández Botero, Hernán Toro Agudelo y Eudoro González, quienes prestaron grandes servicios al país, como Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Superior de Medellín, altos funcionarios del Estado colombiano y parlamentario, engrandecieron la cátedra universitaria con su sabiduría y dejaron lección perenne a las juventudes con sus obras jurídicas.
ARTICULO 2º.-Retratos ejecutados por artistas colombianos perpetuarán la memoria de los ilustres juristas mencionados y serán colocados en los sitios que señale el Ministerio de Justicia.
ARTICULO 3º.-Las obras “Derecho Penal Colombiano” del doctor Angel Martín Vásquez Abad, “Régimen Legal de Bienes en el Matrimonio” y “De los Bienes” del doctor José J. Gómez, “Las Constituciones Colombianas Comparadas” del doctor Eduardo Fernández Botero, “Estudios Constitucionales” del doctor Hernán Toro Agudelo y “Comentarios al Código Civil”, del doctor Eudoro González Gómez, serán editadas por cuenta del Estado colombiano.
ARTICULO 4º.-Destínase la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.00) para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del esta ley. Dicha suma será incluida en el Presupuesto de Rentas y Gastos de la vigencia próxima. Si ello no se hiciere así, se autoriza expresamente al Gobierno para hacer el traslado necesario para ello.
ARTICULO 5º.-Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y nueve (1979).
El Presidente del honorable Senado de la República, HECTOR ECHEVERRI CORREA, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ADALBERTO OVALLE MUÑOZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera Lizcano.
República de Colombia- Gobierno Nacional
Bogotá, D.E. 21 de diciembre de 1979.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Justicia,
Hugo Escobar Sierra.