LEY 57 DE 1979

Leyes 1979
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LEY 57 DE 1979

  (DICIEMBRE 15)

  Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se   abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia   fiscal de 1979 y se efectúa un traslado presupuestal.

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:

     

ARTICULO 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la   vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de dos mil ochocientos dos millones   cuatrocientos sesenta mil trescientos noventa y tres pesos con treinta centavos   ($2.802.460.393.30), que con base en los certificados de Disponibilidad números   17, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 39 y 40 de 1979 expedidos por el Contralor General   de la República, se incorporarán así:

  Debido a lo extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el   texto completo se encuentra publicado con el Diario Oficial No. 35442 de 24   enero de 1980. Pag. 256.

  ARTICULO 4º.-La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y nueve (1979).

  El Presidente del honorable Senado de la República, HECTOR ECHEVERRI CORREA, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ADALBERTO OVALLE MUÑOZ, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el   Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E. 15 de diciembre de 1979.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra.

             

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