LEY 55 DE 1982
(DICIEMBRE 24)
Por la cual la Nación destina una suma para la financiación del Acueducto de Villavicencio.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Destinase la suma de trescientos millones de pesos ($300.000.000.00), para la construcción del Acueducto y obras complementarias de la ciudad de Villavicencio.
ARTICULO 2º.-En el presupuesto de las vigencias siguientes a la expedición de esta Ley, y por el término de tres (3) años consecutivos se incluirán cien millones de pesos ($100.000.000.00) cada año, para su cumplimiento.
ARTICULO 3º.-En caso de no ser incluidas en los presupuestos respectivos las partidas de que tratan los artículos anteriores, el Gobierno queda facultado por abrir los créditos y hacer los traslados y apropiaciones piara el fiel cumplimiento de esta Ley.
ARTICULO 4º.-Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y dos (1982).
El Presidente del honorable Senado de la República, BERNARDO GUERRA SERNA, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes. EMILIO LEBOLO CASTELLANOS, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes. Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 24 de diciembre de 1982.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro,
el Ministro de Obras Públicas y Transporte,
José Fernando Isaza.