LEY 53 DE 1979

Leyes 1979
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LEY 53 DE 1979

  (DICIEMBRE 15)

  Por la cual se hacen unos contracréditos en el Presupuesto de Gastos de la   actual vigencia (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Trabajo y   Seguridad Social), por $3.674.000.00.

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:  

ARTICULO 1º.-Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos   de la vigencia fiscal de 1979, con base en los Certificados de Reserva y   Disponibilidad números 90 y 91 de 1979, expedidos por el Contralor General de la   República:

  Presupuesto de Funcionamiento

  Ministerio de Hacienda y Crédito Público

  Superintendencia de Control de Cambios

  Servicios personales

  112 5 11 1404 Remuneración servicio técnicos $ 200.000

  112 18 11 1415 Subsidio familiar 100.000

  Gastos Generales

  112 12 12 1418 Compra de equipo 180.000

  112 38 12 1420 Servicio de comunicaciones 314.000

  112 39 12 1422 Materiales y suministros 180.000

  Presupuesto de Inversión

  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

  CAPITULO 1

  Dirección Superior

  Programa 04

  Organización Laboral

  Inversión Directa

  Recursos ordinarios

  Articulo Adquisición Oficinas Regionales

  6001 ……………………………………………………………. $   2.500.000

  31 119 1 Adquisición Oficina Regional de Pasto

  (Nariño) 1.500.000

  (Guajira) 1.000.000

  Suman los contracréditos $ 3.674.000

  ARTICULO 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, ábrase   los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de gastos de la vigencia   fiscal de 1979:

  Presupuesto y Funcionamiento

  Ministerio de Hacienda y Crédito Público

  CAPITULO 9

  Superintendencia de Control de Cambios

  Servicios personales.

  112 2 11 1401 Sueldos del personal de nómina $ 300.000

  112 3 11 1402 Gastos de representación 104.000

  112 4 11 1403 Sueldo del personal supernumerario 300.000

  112 9 11 1407 Prima de Navidad 400.000

  112 17 11 1414 Auxilios de transporte 70.000

  Presupuesto de Inversión

  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

  CAPITULO 01

  Dirección Superior

  Programa 04

  Organización Laboral

  Inversión Directa

  Recursos ordinarios.

  Articulo Adquisición Oficinas Regionales

  6001 …………………………………………………. 2.500.000

  31 119 7 Adquisición Oficina Regional de Manizales

  (Caldas) 2.500.000

  Suman los créditos 3.674.000

  ARTICULO 3º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a ….. de … de mil novecientos setenta y nueve (1979).

  El Presidente del honorable Senado de la República, HECTOR ECHEVERRI CORREA, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ADALBERTO OVALLE MUÑOZ, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el   Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E. 15 de diciembre de 1979.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra.

             

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