LEY 51 DE 1982
LEY 51 DE 1982
(DICIEMBRE 22)
Por la cual se modifica la Ley 47 de 1971.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Adiciónase el artículo primero de la Ley 47 de 1971 con los siguientes literales:
c) Construir y adquirir los inmuebles que requieran la Contraloría General de la República, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación.
d) Contratar con otras entidades de derecho público la construcción o adquisición de los inmuebles que éstas requieran para sus servicios.
ARTICULO 2º.-Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y dos (1982).
El Presidente del honorable Senado de la República, BERNARDO GUERRA SERNA, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, EMILIO LEBOLO CASTELLANOS, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 22 de diciembre de 1982.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Obras Públicas y Transporte.
Fernando Isaza Delgado.