LEY 51 DE 1978

Leyes 1978
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LEY 51 DE 1978

  (Diciembre 15)

  por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se   abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de la vigencia fiscal de 1978   (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Salud), por $2.013.642.769.33.

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:  

Articulo 1º.-Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la   vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de dos mil trece millones seiscientos   cuarenta y dos mil setecientos sesenta y nueve pesos con treinta y tres centavos   ($2.013.642.769.33) moneda corriente, que con base en los Certificados de   Disponibilidad números 35, 36 y 37 de 1978 expedidos por el Contralor General de   la República, se incorporará, así:

  PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

  Ingresos Corrientes

  Ingresos Tributarios

  CAPITULO III

  a) Impuesto sobre comercio exterior.

  Numeral 15. Impuesto ad valorem del 4% de los reintegros por exportaciones de   café, Decreto 444 de 1967 

  1.939.939.800.00

  Ingresos no Tributarios

  CAPITULO XI

  c) Otros Recursos

  Numeral 96. Consignación del Fondo Nacional Hospitalario en la Tesorería General   de la República 

  882.456.70

  Recursos de Capital

  CAPITULO XIII

  b) Recursos del Crédito Externo

  Numeral 139. Equivalente en pesos del producto del Convenio Financiero   Colombo-Holandés de fecha diciembre 29 de 1977

  Suman los recursos 

  72.820.512.63

  2.013.642.769.33

  Articulo 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, abrense   los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia   fiscal de 1978:

  PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

  Ministerio de Hacienda y Crédito Público

  CAPITULO 1

  Dirección Superior

  Transferencias

  225

  225 80

  81 21.

  22. 1486

  1487 Federación Nacional de Cafeteros- Fondo Nacional del café-(contrato   celebrado con el Gobierno Nacional).

  Federación Nacional de Cafeteros, para desarrollo social y económico de las   zonas cafeteras 

  1.551.840.00

  Ministerio de Salud

  CAPITULO 1

  Dirección Superior

  Transferencias

  332 80 21. 2173 Fondo Nacional Hospitalario 882.456.70

  PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

  Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

  CAPITULO 05

  Dirección General de Crédito Publico

  PROGRAMA 15

  Mejoramiento de la comunidad

  Inversión Indirecta

  Recursos del Crédito Externo

  Convenio Colombo-Holandes

  Diciembre 29 de 1977 (K).

  42 318 5661 Desarrollo social y económico 72.820.512.63

  Proyecto

  25 Aporte al Instituto Colombiano de energía Eléctrica-ICEL-para financiar el   proyecto de sumijistro de energía eléctrica para pequeñas poblaciones en el   Departamento del Chocó $72.820.712.63

  Suman los créditos adicionales 

  2.013.642.769.33

  Articulo 3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su expedición.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y ocho (1978).

  El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El   Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E., diciembre 15 de 1978.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra.

             

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