LEY 51 DE 1978
(Diciembre 15)
por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Salud), por $2.013.642.769.33.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Articulo 1º.-Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de dos mil trece millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta y nueve pesos con treinta y tres centavos ($2.013.642.769.33) moneda corriente, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 35, 36 y 37 de 1978 expedidos por el Contralor General de la República, se incorporará, así:
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
Ingresos Corrientes
Ingresos Tributarios
CAPITULO III
a) Impuesto sobre comercio exterior.
Numeral 15. Impuesto ad valorem del 4% de los reintegros por exportaciones de café, Decreto 444 de 1967
1.939.939.800.00
Ingresos no Tributarios
CAPITULO XI
c) Otros Recursos
Numeral 96. Consignación del Fondo Nacional Hospitalario en la Tesorería General de la República
882.456.70
Recursos de Capital
CAPITULO XIII
b) Recursos del Crédito Externo
Numeral 139. Equivalente en pesos del producto del Convenio Financiero Colombo-Holandés de fecha diciembre 29 de 1977
Suman los recursos
72.820.512.63
2.013.642.769.33
Articulo 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPITULO 1
Dirección Superior
Transferencias
225
225 80
81 21.
22. 1486
1487 Federación Nacional de Cafeteros- Fondo Nacional del café-(contrato celebrado con el Gobierno Nacional).
Federación Nacional de Cafeteros, para desarrollo social y económico de las zonas cafeteras
1.551.840.00
Ministerio de Salud
CAPITULO 1
Dirección Superior
Transferencias
332 80 21. 2173 Fondo Nacional Hospitalario 882.456.70
PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO 05
Dirección General de Crédito Publico
PROGRAMA 15
Mejoramiento de la comunidad
Inversión Indirecta
Recursos del Crédito Externo
Convenio Colombo-Holandes
Diciembre 29 de 1977 (K).
42 318 5661 Desarrollo social y económico 72.820.512.63
Proyecto
25 Aporte al Instituto Colombiano de energía Eléctrica-ICEL-para financiar el proyecto de sumijistro de energía eléctrica para pequeñas poblaciones en el Departamento del Chocó $72.820.712.63
Suman los créditos adicionales
2.013.642.769.33
Articulo 3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y ocho (1978).
El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera Lizcano.
República de Colombia- Gobierno Nacional
Bogotá, D.E., diciembre 15 de 1978.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.