LEY 50 DE 1978

Leyes 1978
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  (Diciembre 15)

  por la cual se efectúa un traslado del Presupuesto de Gastos de la vigencia   fiscal de 1978 (Ministerio de Obras Públicas y Transporte), por $14.400.000.00

  El Congreso de Colombia

  DECRETA  

Articulo 1º.-Efectúanse los siguientes traslados dentro del Presupuesto de   Gastos de la vigencia fiscal de 1978:

  CONTRACREDITOS

  PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

  Ministerio de Obras Públicas y Transporte

  CAPITULO II

  Fondo Vial Nacional

  PROGRAMA 57

  Inversión Indirecta

  Recursos Ordinarios (1)

  Articulo 6883. Conservación rutinaria $ 13.875.000

  42 313 31 Aporte SENA $ 13.875.000

  PROGRAMA 60

  Transporte Marítimo y Fluvial

  Inversión Indirecta

  Recursos Ordinarios (1)

  Articulo 6896. Aportes de Previsión Social 525.000

  42 313 3 Aporte SENA $ 525.000

  Suman los contracréditos 

  14.400.000

  CREDITO

  PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

  Ministerio de Obras Públicas y Transporte

  CAPITULO 11

  Fondo Vial Nacional

  PROGRAMA 56

  Construcción, reconstrucción de carreteras troncales y otras.

  Inversión Indirecta

  Recursos Ordinarios (1)

  Articulo 6857. Estudios y servicios técnicos 14.400.000

  Valor del crédito adicional $ 14.400.000

  Articulo 2º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y ocho (1978).

  El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El   Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E., diciembre 15 de 1978.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra.

             

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