LEY 43 DE 1977
(diciembre 13)
Por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1977 (Ministerios de Hacienda y Créditos Público, Defensa Nacional, Salud, Minas y Energía y Educación Nacional), por $ 304.816.659.78.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1977 en la cantidad de trescientos cuatro millones ochocientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y nueve pesos con setenta y ocho centavos ($ 304.816.659.78) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 23, 24, 28 y 29 de 1977 expedidos por el Contralor General de la República se incorporarán en los siguientes numerales:
Debido a lo extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 34935 de diciembre 23 de 1977. Pág. 1158.
Dada en Bogotá, D.E. a … de … de mil novecientos setenta y siete (1977).
El Presidente del honorable Senado de la República, EDMUNDO LÓPEZ GOMEZ, El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO, El Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Ignacio Laguado Moncada.
República de Colombia- Gobierno Nacional
Bogotá, D.E., a 13 de diciembre de 1977.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso Palacio Rudas.