LEY 41 DE 1978

Leyes 1978
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  (DICIEMBRE 14)

  Por la cual se adiciona el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se   abren unos créditos adicionales en el presupuesto de Gastos de 1978 (Ministerio   de Hacienda y Crédito Público), por $496.166.500.00

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:  

ARTICULO 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la   vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de cuatrocientos noventa y seis millones   ciento sesenta y seis mil quinientos pesos ($496.166.500.00) moneda legal, que   con base en los Certificados de Disponibilidad números 15-A, 19, 25, 26 y 27 de   1978 expedidos por el Contralor General de la República se incorporarán así:

  PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

  Recursos de Capital

  CAPITULO XIII

  Recursos de Capital

  B) Recursos de Crédito Externo.

  Numeral 121. Equivalente en pesos del producto del préstamo número 1352,   celebrado con el BIRF, utilizable en 1978, para las entidades participantes en   el proyecto de Desarrollo Rural Integrado-DRI-en los Departamento del Cauca,   Nariño, Cundinamarca y Antioquia 

  2.390.000

  Numeral 126. Equivalente en peso del producto del préstamo número 475-SF,   celebrado con el BID, utilizable en 1978, para el proyecto de Desarrollo Rural   Integrado-DRI-en los Departamentos de Boyacá y Santander 

  16.918.000

  Numeral 129. Equivalente en pesos del producto del préstamo firmado en diciembre   17 de 976, celebrado con el CIDA y la República de Colombia para el proyecto   Desarrollo Rural Integrado-DRI-en los Departamentos de Córdoba y Sucre. 

  3.839.000

  Numeral 136. Equivalente en pesos del producto del Convenio Financiero Colombo-Aleman   de fecha 21 de diciembre de 1976 

  473.019.500

  Suman el recurso 496.166.500

  Articulo 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, abrase   los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual   vigencia:

  PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

  Ministerio de Hacienda y Crédito Público

  CAPITULO 05

  Dirección General de Crédito Público

  PROGRAMA 15

  Inversión Indirecta

  Recursos del Crédito Externo

  CONVENIO COLOMBO-ALEMAN (G)

  (Diciembre 21 de 1976)

  Articulo 5661. Desarrollo Social y Económico 473.019.500

  Claves

  42 318

  Proyectos

  20. Para entregar al Instituto Colombia de Construcciones Escolares, ICCE, en   calidad de aporte, para financiar la adquisición de equipos y material didáctico   para la educación técnica

  21. Para entregar al Departamento del Valle del Cauca, en calidad de préstamo   (Decreto 505 de 1974), para financiar la adquisición de equipo docente para la   dotación de colegios de segunda enseñanza

  22. Para entregar a la Universidad del Valle, en calidad de préstamo (Decreto   505 de 1974), para financiar la adquisición de equipo docente y de investigación   para la Universidad 

  385.200.000

  49.189.500

  38.630.000

  CAPITULO 90

  Dirección Superior

  Instituto Nacional de los Recursos Naturales

  Renovables y del Ambiente

  PROGRAMA 66

  Desarrollo Rural Integrado-DRI-

  Inversión Indirecta

  Recursos del Crédito Externo

  -BIRF-1352 CO.

  Articulo 5669. Recursos naturales 16.918.000

  Claves

  42 221

  6 Boyaca

  7 Santander 9.392.000

  7.526.000

  Recursos del Crédito Externo

  -CIDA-

  Articulo 5669. Recursos Naturales 3.839.000

  Claves

  42 221

  Proyecto

  5 Sucre

  Suman los créditos adicionales 3.839.000

  496.166.500

  Articulo 3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y ocho (1978).

  El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El   Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E., diciembre 14 de 1978.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra.

             

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