LEY 39 DE 1977
LEY 39 DE 1977
(diciembre 5)
Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1977 (Departamento Administrativo del Servicio Civil, Ministerios de Gobierno, Defensa Nacional, Trabajo y Seguridad Social, Desarrollo Económico, Minas y Energía, Educación Nacional y Salud), por $33.739.697.00
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º.-Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1977, con base en los certificados de disponibilidad números 95, 96, 07, 98, 99, 103, 104, 105, 115 y 116 de 1977 expedidos por la Contraloría General de la República:
Debido a lo extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 39932 de diciembre 20 de 1977. Pág. 1101.
Artículo 2º.-La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setena y siete (1977).
El Presidente del honorable Senado de la República, EDMUNDO LÓPEZ GOMEZ, El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO, el Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Ignacio Laguado Moncada.
República de Colombia- Gobierno Nacional
Bogotá, D.E., 5 de diciembre de 1977.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso Palacio Rudas.