LEY 36 DE 1982
(NOVIEMBRE 22)
Por la cual se modifica parcialmente el inciso final del articulo 5º del Decreto extraordinario 2400 de 1968.
El Congreso de Colombia
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.-El inciso final del articulo 5º del Decreto extraordinario número 2400 de 1968, quedara así:
“Los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera. El periodo provisional no podrá exceder de doce (12) meses”
ARTICULO 2º.-Esta Ley regirá desde la fecha de su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá, D. E., a … días del mes de … de mil novecientos ochenta y dos (1982).
El Presidente del honorable Senado de la Republica. BERNARDO GUERRA SERNA, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, EMILIO LEBOLO CASTELLANOS, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispí Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representante, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogota, D. E., 22 de noviembre de 1982.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Gobierno Rodrigo Escobar Navia, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Jaime Pinzón López, el Jefe del Departamento Administrativo del Servido Civil, Ericina Mendoza Saladén.