LEY 32 DE 1980

Leyes 1980
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LEY 32 DE 1980

  (diciembre 15)

  

  por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se   abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia   fiscal de 1980 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 66.410.480.35.

  El Congreso de Colombia

  

  DECRETA:  

ARTICULO 1º.-Adicionase el Presupuesto de Renta y Recurso de Capital de la   vigencia fiscal de 1980 en la cantidad de sesenta y seis millones cuatrocientos   diez mil cuatrocientos ochenta pesos con 35/ 100 ($66.410.480.35) moneda   corriente, con base en el Certificado de Disponibilidad número 8 de 1980,   expedido por el Contralor General de la República, el cual se incorporará así:

  

  PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

  

  RECURSOS DE CAPITAL

  

  

  Capitulo XIII

  

  Recursos del crédito

  

  b) Recursos del Crédito Externo

  

  Numeral 133. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de 1978, financiados   con recursos del préstamo Gobierno Nacional-Gobierno de Holanda, celebrado el 7   de abril de 1976 

  

  $ 66.410.480.35

  Valor del recurso $ 66.410.480.35

  

  ARTICULO 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, ábrase el   siguiente crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de   1980, así:

  

  

  PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

  

  MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

  

  

  Capitulo 05

  

  Dirección General de Crédito Público

  

  

  Programa 15

  

  Mejoramiento de la Comunidad

  

  

  Inversión indirecta

  

  Recursos del Crédito externo

  

  Claves Articulo:

  31-245. 56798. Para entregar al Instituto de Seguros Sociales, en calidad de   préstamo previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 505 de   1974, con destino a la dotación de las clínicas del Instituto, en la Seccional   de Antioquia 

  

  

  

  $ 66.410.480.35

  Suma de Crédito $ 66.410.480.35

  ARTICULO 3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

  

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos ochenta (1980).

  

  El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE IGNACIO DIAZ GRANADOS,   El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, HERNANDO TURBAY TURBAY,   EL Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, el   Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  

  República de Colombia-Gobierno Nacional

  

  Bogotá, D.E. 15 de diciembre de 1980.

  

  Publíquese y ejecútese.

  

  JULIO CESAR TURBAY AYALA.

  

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

  Jaime García Parra.          

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