LEY 27 DE 1989
(febrero 9)
por medio de la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 105 años de la fundación de la ciudad de Samaná, en el Departamento de Caldas.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1o. La Nación se asocia a la conmemoración de los 105 años de la fundación de la ciudad de Samaná, en el Departamento de Caldas, los cuales cumple el 4 de noviembre de 1989.
Artículo 2o. Para conmemorar esta efemérides, el Gobierno Nacional asignará en el Presupuesto Nacional, para la vigencia Fiscal de 1989, partidas por la suma de cien millones de pesos ($100.000.000.00) que se girarán al Municipio de Samaná para invertir directamente en la terminación y/o dotación de las siguientes obras de beneficio para la ciudad.
a) Centro Administrativo $ 30.000.000.00. En virtud de la presente Ley este Centro se llamará “Centro Administrativo Bernardo Ocampo Herrera”, nombre que, en letras de bronce, se fijará en la fachada principal del edificio lo mismo que un busto de este ilustre hombre público a la entrada del mismo;
b) Instituto Integrado San Agustín $ 20.000.000.00;
c) Centro de Deportes o Polideportivo $ 20.000.000.00;
d) Hogar y Parques Infantiles $ 20.000.000.00;
e) Adquisición carro de bomberos $ 10.000.000.00.
Artículo 3o. Facúltase al Gobierno Nacional para adicionar el presupuesto para la vigencia fiscal de 1989 y hacer créditos y/o contracréditos en el mismo a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Ley.
Artículo 4o. La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a los… días del mes de… de mil novecientos ochenta y nueve (1989).
El Presidente del honorable Senado de la República,
ANCIZAR LOPEZ LOPEZ
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Luis Lorduy Lorduy.
República de Colombia-Gobierno Nacional
VIRGILIO BARCO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro,
Luis Bernardo Flórez Enciso.
El Ministro de Educación Nacional,
Manuel Francisco Becerra Barney.