LEY 25 DE 1988

Leyes 1988
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LEY 25 DE 1988  

(febrero 11)  

Por la cual la   Nación se asocia a la celebración de los ciento setenta años de creación del   Municipio de Granada, Departamento de Antioquia y se dictan otras disposiciones.  

El Congreso de   Colombia  

DECRETA:  

ARTICULO   1º.-La Nación se asocia a la celebración de los ciento setenta años de   creación del Municipio de Granada, Departamento de Antioquia el 12 de diciembre   de 1987 y exalta la labor progresista de sus habitantes.  

ARTICULO   2º.-A partir de la sanción de la presente ley y de conformidad con los   numerales 11 y 17 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizase al   Gobierno Nacional para ejecutar las siguientes obras de interés público y social   en el Municipio de Granada, Departamento de Antioquia.  

a) Construcción   del acueducto y compra y montaje de una planta física de tratamiento de aguas.  

b) Construcción   del alcantarillado.  

c) Construcción   del matadero municipal.  

d) Pavimentación   de la vía que une al Municipio de Santuario, partiendo del sitio denominado La   Mayoría (Autopista Medellín-Bogotá) con la cabecera de Municipio de Granada.  

e) Dotación de   una ambulancia y ampliación del Hospital San Roque.  

f) Compra de   lote y construcción de una plaza de ferias.  

g) Construcción   de una plaza de mercado cubierta.  

h) Creación de   una Seccional del Sena en este Municipio.  

i) Ordenar la   publicación de la vida y obra del ya desaparecido internacionalista y ex   Ministro de Estado, doctor Jesús María Yepes, en un número mínimo de dos mil   ejemplares.  

ARTICULO   3º.-Autorizase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones   presupuestales necesarias, obtener empréstitos y celebrar los contratos   necesarios para el cumplimiento de la presente ley.  

ARTICULO   4º.-Esta ley rige a partir de su sanción.  

Dada en Bogotá,   D. E., a los… días del mes de … de mil novecientos ochenta y ocho (1988).  

El Presidente   del honorable Senado de la República, PEDRO MARTIN LEYES HERNANDEZ, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, CESAR PEREZ GARCIA, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de   Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis   Lorduy Lorduy.  

Bogotá, D. E.,   II de febrero de 1988.  

Publíquese y   ejecútese.  

VIRGILIO BARCO  

El Ministro de   Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla, el Ministro de   Salud, José Granada Rodríguez, el Ministro de Obras Públicas y Transporte, Luis   Fernando Jaramillo Correa.  

           

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