LEY 25 DE 1982
(FEBRERO 1º)
Por la cual se conceden autorizaciones al Gobierno Nacional para construir una carretera alterna.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-De acuerdo con el numeral 11 del articulo 14 del Acto Legislativo 1 de 1979, autorizar al Gobierno Nacional para que por intermedio del Ministerio de Obras Públicas, proceda, directamente o por licitación internacional, a contratar los estudios y trazados de la carretera alterna Valledupar-San Juan del Cesar y ejecutar la obra de esta vía con las especificaciones técnicas que reclama un intenso volumen de tráfico pesado.
ARTICULO 2º.-Así mismo autoriza al Gobierno Nacional para adicionar la construcción de esta carretera al programa vial a ejecutarse en el período 1980-1982 previsto en el Plan de Integración Nacional.
ARTICULO 3º.-Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E. a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Presidente del honorable Senado, GUSTAVO DAJER CHADID, el Presidente de la honorable Cámara, J. AURELIO IRAGORRI JORMANZA, el Secretario General del honorable Senado, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Ernesto Tarazona Solano.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D.E., 1º de febrero de 1982.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
Eduardo Wiesner Durán,
el Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez.