LEY 23 DE 1988

Leyes 1988
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LEY   23 DE 1988  

(febrero 10)  

Por medio de la cual se aprueba el   Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Canadá,   para la Cooperación en los usos pacíficos de la Energía Nuclear, suscrito en   Bogotá el 23 de julio de 1986.  

El Congreso de Colombia  

Visto el texto del acuerdo entre el   Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Canadá para la Cooperación   en los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, suscrito en Bogotá el 23 de julio   de 1986, que a la letra dice:  

“ACUERDO ENTRE   EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL  

GOBIERNO DE CANADA   PARA LA COOPERACION EN LOS USOS  

PACIFICOS DE LA   ENERGIA NUCLEAR  

Debido a lo extenso de esta ley se   omite su publicación y se informa que el texto completo se encuentra publicado   en el Diario Oficial N0 38.213 del 15 de febrero de 1988.  

DECRETA:  

ARTICULO   1º.-Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y   el Gobierno de Canadá para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Energía   Nuclear, suscrito en Bogotá el 23 de julio de 1986.  

ARTICULO   2º.-De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley   7a. de 1944,,   el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Canadá   para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, suscrito en   Bogotá el 23 de julio de 1986, que por el artículo primero de esta Ley se   aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo   internacional.  

ARTICULO   3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.  

Dada en Bogotá, D. E., a los… días   del mes de … de mil novecientos ochenta y ocho (1988).  

El Presidente del honorable Senado   de la República, PEDRO MARTIN LEYES HERNANDEZ, el Presidente de la honorable   Cámara de Representantes, CESAR PEREZ GARCIA, el Secretario General del   honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario   General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.  

República de Colombia-Gobierno   Nacional  

Bogotá, D. E., 10 de febrero de   1988.  

Publíquese y cúmplase.  

VIRGILIO BARCO  

El Ministro de Relaciones   Exteriores, Julio Londoño Paredes, el Ministro de Comunicaciones, Fernando   Cepeda Ulloa.  

           

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