LEY 23 DE 1978

Leyes 1978
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LEY 23 DE 1978

  (NOVIEMBRE 16)

  Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se   abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de 1978 (Ministerio   de Desarrollo Económico), por $ 22.343.400.00

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:  

ARTICULO 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la   vigencia fiscal de 1978, en la cantidad de veintidós millones trescientos   cuarenta y tres mil cuatrocientos pesos ($22.343.400) moneda legal, que con base   en el Certificado de disponibilidad número 23 de 1978, expedido por el Contralor   General de la República, se incorporará así:

  PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

  Ingresos Corrientes

  1. Tasas y multas.

  CAPITULO VII

  a) Servicios Administrativos

  Numeral 36. Contribución de las sociedades sujetas al control de la   Superintendencia del Ramo

  Suma de recursos 

  22.343.400

  $22.343.400

  ARTICULO 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, abrense   los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual   vigencia:

  PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

  Ministerio de Desarrollo Económico

  CAPITULO 3

  Inspección y Control de Sociedades

  Servicios Personales

  261

  261

  261

  261

  261 02

  03

  09

  17 11.

  11.

  11.

  11.

  11. 2301

  2302

  2307

  2309

  2311 Sueldos del personal de nómina

  Gastos de representación

  Prima de Navidad

  Prima de Vacaciones

  Auxilio de transporte 6.400.000

  108.000

  1.300.400

  600.000

  160.000

  Transferencias

  261 63 22. 2325 Caja de Previsión Social de la superi-anónimas (Corporanónimas)

  Suman los créditos adicionales 

  13.775.000

  22.343.400

  ARTICULO 3º.-Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de …. de mil novecientos setenta y ocho (1978).

  El Presidente del honorable Senado, GUILLERMO PLAZAS ALCID, El Presidente de la   honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el Secretario General   del honorable Senado, Amaury Guerrero, el Secretario General de la honorable   Cámara de Representantes, Jairo Morera Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, 16 de noviembre de 1978.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra. 

             

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