LEY 18 DE 1982

Leyes 1982
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LEY 18 DE 1982

  (ENERO 20)

  Por la cual se autoriza reconocimientos.

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:  

ARTICULO 1º.-La Nación, por intermedio del Fondo Vial Nacional pagará, una vez   comprobado el monto de las obligaciones, a cada una de las personas que   adelanten se enumeran, una suma igual al valor de la construcción, interventoria   o estudio que hubiere realizado y que no se hubiere cancelado. El valor que se   reconozca se calculará teniendo en cuenta exclusivamente los valores invertidos   en el momento de su ejecución, sin que en ningún caso pueda exceder los montos   indicados a continuación.

  Contratista. Ubicación

  A) Construcción:

  – Ecopetrol. Barrancabermeja, Bucaramanga

  -H.B. Estructuras Metálicas Obras adicionales. Puente elevado, Cali

  -H.B. Estructuras Metálicas Obras adicionales Puente Calamar

  B) Interventorías:

  Sota Ltda. Avenida Circunvalación. Neiva

  Monto autorizado

  1.423.633.00

  506.950.00

  234.000.00

  5.339.823.00

  II-OBRAS EJECUTADAS FUERA DEL PLAZO DEL CONTRATO

  del contrato. Contratista. Ubicación

  A) Construcción:

  Contrato principal número 419-73 y sus adicionales núemro 181-75, 236-76, 164-77   y 219-78. Lisandro Frankly Alzate. Cartago-Nóvita

  Contrato principal número 192-75 y sus adicionales número 106-76, 184-77 y   689-77. Sánchez Ingenieros Ltda. Chogorodó-El Tres Turbo

  Contrato principal número 126-76 y sus adicionales números 218-77 y 27-78.   Paulino Beltrán Puente, quebrada La China y variante

  Contrato principal número 147-77 y su adicional número 171-77. Arinco Limitada   Carretera Pereira La Pintada sector kilómetro 44 + kilómetro 79

  B) Interventorías:

  Contrato Principal número 115-73 y sus adicionales números 71-75, 363-75, 470-76   y 650-77. Sintec Limitada (Cesionario de C y C Limitada). Tres Puertas La   Estrella

  Contrato principal número 278-73 y sus adicionales números 297-74, 148-75,   269-76, 502-76 y 549-77. Intec Ltda. (Cesionario de Interciviles Ltda).   Carretera: Bucaramanga-Barrancabermeja. Sector La Putana Río Sogamoso

  Contrato principal número 138-75, Cona Ltda. Cereté Coveñas

  Contrato principal número 147-75 y sus adicionales números 522-76, 17-77 y   137-78. Gama Ltda, Carretera: Bucaramanga Santa Marte. Sector: Kilómetro 65,   Bosconia al kilómetro 62

  Contrato principal número 573-75, Cona Ltda. Interconexión Vial Barranquilla

  Monto autorizado

  6.263.473.00

  1.437.090.00

  733.143.26

  11.561.154.00

  1.211.372.00

  3.721.639.00

  256.234.00

  1.264.189.00

  1.060.782.00

  III-OBRAS EJECUTADAS POR ENCIMA DEL VALOR DEL CONTRATO

  Número de contrato. Contratista. Ubicación

  A) Construcción:

  Contrato principal número 284-70. Murillo Loboguerrero y Cia Ltda. y otros   K.23-Ubaté-Chinquinquirá

  Contrato principal número 76-71 y sus adicionales números 323-75, 34-74, 369-74,   449-74 y 126-75. Gilberto Alvarez y Carlos Collins y Carrillo Durán Ltda.   Avenida Ferrocarril Santa Marta

  Contrato número 156-71 y sus adicionales números 134-73, 418-73, 253-74, 433-74   y 151-75. Inequipos Ltda y Sector: Mojarras-quebrada Matacea

  Contrato principal número 393-71 y sus adicionales número 267-73, 422-73,   178-74, 413-74 y 131-75. Gilberto Alvarez y Carlos Collins. Don Diego-Río   Palominio.

  Contrato número 28-72 y sus adicionales números 451-73. 177-4, 389-74, 100-75,   230-75, 425-75 y 152-76, Mora Mora y Cía. Ltda. Turísticas Gairaca, Neguaje y   Cinto

  Contrato principal número 117-70 y sus adicionales número 80-71, 137-72, 64-73

  Contrato principal número 396-73 y si adicional número 226-74

  Contrato principal número 491-77 y sus adicionales números 276-78 y 189-79.   Conic Ltda. Bucaramanga Barrancabermeja

  Sector Barrancabermeja Río Sogamoso

  Contrato principal número 403-73 y sus adicionales números 422-74, 71-77 y   86-78. Sococo Ltda. Carretera Medellín-Bogotá. Sector Río Samaná Río Claro

  Contrato principal número 39-74 y sus adicionales números 293-76 y 329-77. H.B.   Estructuras Metálicas Puente La Felisa y otros 

  Contrato principal número 184-74 y su adicional número 106-75. Onco Ltda. y Hugo   Alfonso Ríos. Carretera Cúcuta-a frontera hacia La fría San Luis, aeropuerto

  Contrato principal número 397-74 y su adicional número 271-76. Acero Estructural   Ltda. Puete sobre el Río Suaza

  Contrato número 182-75, Gilberto Alvarez y Carlos Collins. Carretera   Cereté-Coveñas Sector K 23 + 500 a K. 69 + 000

  Contrato principal número 249-75 y sus adicionales números 104-76, 166-77 y   40-78 Carretera Bucaramanga-Santa Marta

  Contrato principal número 179-77 y su adicional número 106-78, Inequipos Ltda. y   Albertos Serrano Lynton. Sector Curumaní-Crucero-Chiriguaná

  Contrato principal número 258-75 y sus adicionales números 94-76 y 79-77.   Construca Ltda. Carretera Bucaramanga-Santa Marta. Sector La Loma K. 62

  Contrato número 264-75 y sus adicionales números 102-74 y 501-76. Inconstruc.   Ltda. Carretera Bucaramanga-Santa Marta. Sector Rio Ariguaní K. 65

  Contrato principal número 406-75 y sus adicionales números 665-77 y 264-78. Luis   H. Solarte y Carlos A. Solarte S. Mocoa-Pitalito. Sector Mocoa K. 16

  Contrato principal número 17-76 y su adicional número 153-76. Contrato principal   número 456-75 y su adicional número 146-76.

  Contrato principal número 183-76 Botero Agruilar Cia. Limitada. Avenida   Ferrocarril

  Barrancabermeja. Sector Comisariato Ecopetrol y Avenida de los Periodistas

  Contrato principal número 20-76 y su adicional número 338-76 Guillermo Apráez.   Puente Aranjuez y Chupadero

  Contrato principal número 93-76 y sus adicionales números 383-76, 67-77, 313-77   y 498-77. Jaime Fernández Valencia. Construcción cunetas y canales en la   variante Quebrada Blanca

  Contrato principal número 93-76 y sus adicionales números 353-76, 65-77, 317-77   y 497-77. Jorge Falia Lozano Construcción viaducto Quebrada Blanca

  Contrato principal número 108-76 y sus adicionales números 352-76, 72-77, 321-77   y 499-77. Jaime Restrepo O. Construcción de un muro y obras de defensa en el   estribo izquierdo del Puente de Quebrada Blanca

  Contrato principal número 121-76 y sus adicionales números 32-77 y 452-77. Julio   Gerlein Echeverría. Canal Arroyo-El Country (1.7 Km)

  Contrato número 135-76. Grancolombiana de Ingenieria y Construcción-Grandición   Ltda. Variante Caucasia

  Contrato número 210-76. Onco Ltda. Neira-Aranzazu

  Contrato número 274-76. Hernán Duarte Esguerra. Puete Calamar

  Contrato principal número 172-77 y su adicional número 645-77. Ramírez y Cabrera   Ingenieros Civiles Ltda. Puente sobre el canal La Toma carretera Neiva-Castilla

  Contrato principal número 178-77 y sus adicionales números 506-77 y 693-77

  Contrato principal número 181-77 y sus adicionales números 510-77 y 691-77. Onco   Ltda. La Línea. Sector K. 85 a 119

  Contrato número 550-77. Uricoechea Calderón y Compañía Ltda. Puente Río Guayabal

  B) Interventorías:

  Contrato principal número 118-69 y sus adicionales números 115-71, 132, 342-72,   106-74 y 462-74. Integral Ltda. Carretera troncal de Occidente. Sectores varios   (Henchí-Ventanas-Tarazá-Caucasia

  Contrato principal número 126-70 y sus adicionales números 348-71, 219-72,   413-73, 411-74, 18-75 y 299-75. CEI Ltda. Mocoa-Pitalito. Sector Mocoa-río   Caquetá

  Contrato principal número 335-70 y su adicional número 332-74. Integral Ltda.   Medellín-Bogotá. Sector santuario La Pinuela

  Contrato principal número 59-71. CEI Ltda. e Hidroestudios Ltda.   Montería-Planetarrica y otros. (Tolúviejo Sincerín)

  Contrato número 145-75. Jose Guerra Amar. Barranquilla-Puerto Colombia-Santa   Verónica

  Contrato principal número 356-75.y sus adicionales números 75-76, 395-76,   224-77, 417-77, 651-77 y 207-78. Ingecos Ltda. Carretera Puerto-Salgar-Puerto   Boyacá 

  Contrato principal número 379-75 y sus adicionales números 438-77, 636-77 y   180-78. Anaya y Peynado Ltda. Barranquilla-Ponedera. Sector Aeropuerto Ponedera  

  Contrato principal número 399-75 y sus adicionales números 08-76, 354-76, 124-77   y 465-77. Sota Ltda. Neiva Palermo. Sector K. 12 + 985 a K. 18 + 800

  Contrato princ¡pal número 471-75 y sus adicionales números 56-76 y 4867-77.   lnterventorias Ltda. Carretera central del Norte. Sector Susacón-Soatá

  Contrato número 508-75. Empresas. Técnicas Ltda. Carretera marginal de la Selva.   Sector Unión-San Martín 

  Contrato principal número 134-76 y sus adicionales números 638-77 y 441-77.   Inesco Ltda. Yumbo-San Marcos

  Contrato principal número 363-76 y sus adicionales números 64-78 y 289-78. José   Guerra Amar. Saneamiento caño del mercado de Barranquilla

  Contrato principal número 182-77 y su adicional número 433-77. Senior y Viana   Ltda. Canalización arroyo El Country-Barranquilla

  Contrato principal número 400-77. CEDI Ltda. Carretera Pitalito-rio   Sombrerillos-Parque Arqueológico San Agustín

  C) Estudios:

  Contrato principal número 361-72 y sus adicionales números 206-75, 477-75,   443-76 y 635-77. Interdiseños Ltda. Río Humea-Aguazul

  Contrato principal número 472-75 y sus adicionales, números 482-76, 386-77 y   184-78. La Vialidad Ltda.. Corinto-Aguazul

  Contrato principal número 407-76. Integral Ltda. Puerto Triunfo-Puerto Salgar

  Contrato principal número 445-77. CEDI Ltda. Canalización rio Loro-Neiva

  Monto autorizado

  2.323.000.000

  627.372.00

  1.980.590.00

  560.506.00

  2.351.345.00

  9.190.567.00

  1.372.640.00

  82.644.484.00

  25.627.912.00

  9.445.184.00

  297.535.00

  44.275

  331.502.00

  549.090.00

  67.586.00

  1.025.720.00

  2.970.000.00

  13.897.493.00

  3.588.660.00

  1.518.687.00

  1.498.00

  208.684.00

  829.226.66

  319.487.10

  203.706.94

  1.489.984.00

  4.065.480.00

  1.276.667.00

  128.730.00

  213.423.00

  710.823.00

  123.308.00

  582.795.00

  6.295.00

  333.339.00

  2.601.00

  3.32.571.00

  499.105.00

  4.289.295.00

  465.895.00

  1.757.947.00

  286.009.00

  971.233.00

  2.714.113.00

  400.835.00

  2.635.636.00

  2.458.649.00

  2.021.004.00

  948.831.00

  185.191.00

  24.947.59

  ARTICULO 2º.-La Nación, por intermedio del Fondo de Inmuebles Nacionales pagará,   una vez comprobado el monto de las obligaciones, a cada una de las personas que   adelante se enumeran, una suma igual al valor de la construcción, interventoría   o estudio que hubiere realizado y que no se hubiere cancelado,. El valor, que se   reconozca se calculara teniendo en cuenta exclusivamente los valores invertidos   en el momento de su ejecución, sin que en ningún caso pueda exceder los montos   indicados a continuación.

  I-OBRAS SIN CONTRATO

  Contratista. Ubicación. 

  Monto autorizado

  Ascensores Schindler. Mantenimiento de siete (7) ascensores.

  537.300.00

  Humberto Montes. Limpieza fachada capitolio 

  492.000.00

  Ascensores Otis. Mantenimiento de diez y siete (17) ascensores 

  2.438.149.00

  Ericsson de Colombia. Sistema telefónico de Despacho Ministro y Secretaría   General 

  $ 566.055.00

  II OBRAS EJECUTADAS

  FUERA DE PLAZO

  Número del contrato. Contratista. Ubicac¡ón.

  Monto autorizado

  $1.139.184.00

  Contrato principal número 13670 y sus adicionales números 353-72 y 111-74;   Londoño y Martínez Ltda. Planos y dirección arquitectónica Edificio Nacional,   Manizales

  173.563.00

  Contrato principal número 369-70 y su adicional número 375-71. Contrato   principal número 435-72. Contrato principal número 9975. Contrato principal   número 124-75. Pradilla Trujillo y Cía. Ltda. Palacio de Nariño. Bogotá

  352.470.00

  Contrato número 81-77. Servys Ltda. Vigilancia Quinta de Bolivar

  161.343.00

  III OBRAS EJECUTADAS POR ENCIMA

  DEL VALOR DEL CONTRATO

  Número del Contrato. Contratista. Ubicación.

  Monto autorizado

  Contrato principal número 123-72 y sus adicionales números 371-73 y 455-73, y

  Contrato principal número 202-75 y su adicional 33376. José María de Mier.   Interventoría Palacio de Nariño 

  895.519.00

  1.149.594.00

  Contrato principal número 286-75 y sus adicionales números 413-76. Restauración   San Felipe. Restauración San Felipe de Barajas

  534.228.00

  Contrato principal número 423-75 y sus adicionales números 347-76 y 471-76.   Consultores del Caribe Ltda. Interventoría San Felipe de Barajas

  711.262.00

  Contrato número 28-77. Germán Peña Velásquez. Interventoría construcción Colonia   Vacacional Girardot 

  20.833.00

  Contrato número 339-77. Eduardo E. Otero R. Construcción cuatro (4) jaulas para   jardín zoológico Parque Nacional

  505.452.00

  Contrato número 361-77. Náder Mantilla y Asociados. Construcción seis (6) jaulas   para jardín zoológico Parque Nacional

  1.045.110.00

  Contrato número 36477. Carlos Alvaro Sánchez F. Construcción seis (6)jaulas para   jardín zoológico. Parque Nacional

  545.295,.09

  Contrato principal número 402-77 y su adicional número 47-78. Fajardo Vélez y   Cía. Ltda. Planos completos para Edificio Contraloría 

  3.801.704.00

  El Ministro de Obras Públicas y Transporte o su delegado. El Contralor General   de la República o su delegado. El Procurador General de la Nación o su delegado.   Un delegado de la Sociedad Colombiana de lngenieros o de la Sociedad Colombiana   de Arquitectos, en su caso, nombrado por el Presidente de la República de terna   que le remitan dichas asociaciones.

  Parágrafo. La Comisión gozará de un término de seis (6) meses contados a partir   de la vigencia de esta ley para cumplir su cometido y suscribir el acta   respectiva.

  ARTICULO 4º.-El reconocimiento se someterá exclusivamente a los requisitos   señalados en esta ley y no podrá exceder el valor máximo autorizado en cada   caso.

  ARTICULO 5º.-El Gobierno queda facultado para abrir créditos y hacer traslados   presupuestales durante la presente vigencia y las siguientes, para dar   cumplimiento de lo previsto en esta ley.

  ARTICULO 6º.-Forma parte de la presente ley como anexo, los siguientes   contratos:

  96-69 y sus adicionales 212-71, 333-73 y 273-74.

  118-69 y sus adicionales 115-71, 132-71, 342-72, 106-74 y 462-74.

  117-70 y sus adicionales 80-71,137-72, 64-73.

  126-70 y sus adicionales 348-71, 219-72, 413-73, 411-74, 18-75 y 299-75.

  136-70 y sus adicionales 353-71 y 111-74.

  284-70.

  335-70 y su adicional 332-74.

  369-70 y su adicional 375-71.

  59-71.

  76-71 y sus adicionales 323-72, 34-74, 369-74, 449-74, 126-75.

  156-71 y sus adicionales 134-73, 418-73, 253-74, 433-74 y 151-75.

  393-71 y sus adicionales 267-73, 422-73, 178-74, 413-74 y 131-75.

  28-72 y sus adicionales 451-73, 177-74, 389-74, 230-75, 100-75,425-75 y

  152-76.

  123-72 y sus adicionales 371-73 y 455-73

  361-72 y sus adicionales 206-75, 477-75, 443-76 y 635-77.

  435-72.

  115-73 y sus adicionales 71-75, 363-75, 470-76 y 650-77.

  278-73 y sus adicionales 297-74, 148-75, 48-76, 269-76, 502-76 y 549-77.

  396-73 y su adicional 226-74.

  403-73 y sus adicionales 422-74, 71-77 y 86-78.

  419-73 y sus adicionales 181-75, 236-76, 164-77 y 219-78.

  39-74 y sus adicionales 293-76 y 329-77.

  184-74 y su adicional 106-75.

  397-74 y su adicional 271-76.

  329-74 y sus adicionales 31-76, 510-76 y 719-77.

  99-75.

  124-75.

  138-75.

  145-75.

  147-75 y sus adicionales 52276, 127-77 y 13878.

  182-75.

  192-75 y sus adicionales 106-76, 184-77 y 689-77.

  202-75 y su adicional 333-76.

  249-75 y sus adicionales 104-76, 166-77 y 40-78.

  258-75 y sus adicionales 94-76 y .79-77.

  286-75 y sus adicionales 41376 y 34877.

  356-75 y sus adicionales 75-76, 395-76, 224-77,417-77, 651-77 y 207-78.

  379-75 y sus adicionales 438-77, 636-77 y 180-78.

  399-75 y sus adicionales 8-76, 354-76, 124-77 y 465-77.

  406-75 y sus adicionales 665-77 y 264-78.

  423-75 y sus adicionales 347-77 y 471-76.

  458-75 y su adicional 146-76;

  471-75 y sus adicionales 56-76 y 486-77.

  472-75 y sus adicionales 482-76, 386-77, 184-78 y 604-78.

  508-75.

  17-76 y su adicional 153-76.

  20-76 y su adicional 338-76.

  38-76 y su adicional 684-77.

  93-76 y sus adicionales 383-76, 313-77, 67-77 y 498-77.

  98-76 y sus adicionales 353-76, 65-77, 317-77 y 497-77.

  108-76 y sus adicionales 352-76, 72-77, 321-77 y 499-77.

  121-76 y sus adicionales 32-77 y 452-77.

  126-76 y sus adicionales 218-77 y 27-78.

  134-76 y sus adicionales 638-77 y 441-77.

  135-76.

  210-76.

  274-76.

  363-76 y sus adicionales 64-78 y 289-78.

  407-76.

  573-76

  28-77.

  81-77.

  147-77 y su adicional 171-78.

  172-77 y su adicional 645-77.

  178-77 y sus adicionales 506-77 y 693-77.

  179-77 y su adicional 106-78.

  181-77 y sus adicionales 510-77 y 691-77.

  182-77 y su adicional 433-77.

  339-77.

  361-77.

  364-77.

  400-77 y sus adicionales 373-78, 277-79 y 507-79.

  402-77 y su adicional 47-78.

  445-77.

  491-77 y sus adicionales 276-78 y 189-79.

  550-77.

  ARTICULO 7º.-Esta ley rige desde su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos ochenta y uno. (1981).

  El Presidente del honorable Senado de la República, GUSTAVO DAJER CHADID, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, J. AURELIO IRAGORRI   HORMAZA, el Secretario General del honorable Senado de la República. Crispín   Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de   Representantes, Ernesto Tarazona Solano.

  República de Colombia-Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E. enero 20 de 1982

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Eduardo Wiesner   Durán,  

el Ministro de   Obras Públicas y Transporte,  

Enrique Vargas   Ramírez.          

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