LEY 15 DE 1986
(ENERO 16)
Por la cual se nacionalizan unas carreteras en el Departamento del Magdalena.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
a) La carretera que partiendo del corregimiento de Bella Vista, Municipio de Fundación, va hasta Sacramento.
b) La carretera que va desde la carretera central hasta el corregimiento Monte Rubio, Municipio de Pivijay.
ARTICULO 2º.-El Ministerio de Obras Públicas, por intermedio de la Jefatura de conservación de carreteras o cualquier otra dependencia de esta entidad a que corresponda, dispondrá el mantenimiento de las mismas por conducto del Distrito de Obras Públicas número 21, que tiene como sede la ciudad de Fundación en el Departamento del Magdalena.
ARTICULO 3º.-Esta Ley rige desde su sanción y deroga todas las que sean contrarias.
Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de… de mil novecientos ochenta y… (198…).
El Presidente del honorable Senado de la República, ALVARO VILLEGAS MORENO el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, MIGUEL PINEDO VIDAL el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 16 de enero de 1986.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hugo Palacios Mejía, el Ministro de Obras Públicas y Transporte, Rodolfo Segovia Salas.