LEY 13 DE 1988
(enero 19)
Por la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los ciento sesenta años de la fundación de la Universidad de Cartagena.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.-La Nación se asocia a la conmemoración de los ciento sesenta años de la fundación de la Universidad de Cartagena, que se cumplieron el día seis (6) de octubre de 1987 y exalta la labor que esta benemérita institución realiza en bien del desarrollo educativo y cultural del país.
ARTICULO 2º.-El Congreso Nacional destaca la memoria de su fundador, el General Francisco de Paula Santander y de quienes han mantenido vivos los ideales democráticos de la institución; orientados a la formación de hombres libres conscientes de los valores de su nacionalidad.
ARTICULO 3º.-Una placa conmemorativa de estas efemérides se colocará en la Universidad con la siguiente leyenda: “El Congreso y Gobierno Nacional, se asocian a la conmemoración de los ciento sesenta años de la fundación de la benemérita Universidad de Cartagena y destacan la memoria de sus egregios fundadores”.
ARTICULO 4º.-El Gobierno Nacional incluirá en su Presupuesto la suma de cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000.00) para lo cual presupuestará en cada una de las cuatro futuras vigencias, la suma de cien millones ($100.000.000.00) con destino a la ejecución del plan de desarrollo físico de la Universidad de Cartagena.
ARTICULO 5º.-Autorizase al Gobierno Nacional para abrir los créditos y hacer los traslados presupuestales necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
ARTICULO 6º.-Esta Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
Dada en Bogotá, D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y siete (1987).
El Presidente del honorable Senado de la República, PEDRO MARTIN LEYES HERNANDEZ, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, CESAR PEREZ GARCIA, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.
República de Colombia-Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 19 de enero de 1988
Publíquese y ejecútese.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla.