LEY 119 DE 1985

Leyes 1985
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LEY 119 DE 1985        

(DICIEMBRE 23)                

Por la cual se   nacionalizan unas carreteras en el Departamento de Antioquia y se dictan otras   disposiciones.            

El Congreso de   Colombia          

DECRETA:  

           

a) La carretera que   partiendo del Municipio de Marinilla y pasando por la Vereda La Primavera,   conduce al Municipio de Rionegro y la carretera quede la Vereda La Primavera   cruza por la Vereda El Socorro y se intercepta con la que conduce al Municipio   del Peñol.          

b) La carretera que   partiendo del Municipio de Marinilla y pasando por las Veredas Las Mercedes,   Cascajo y Rivera, conduce al Municipio del Carmen de Viboral.          

c) La carretera que   partiendo de la Vereda Alto del Chocho en el Municipio de Marinilla y pasando   por las Veredas La Peña y el Salto, conduce al Municipio de San Vicente.          

ARTICULO 2º.- El   Ministerio de Obras Públicas y Transporte, por intermedio de la Jefatura de   Conservación de Carreteras, o cualquier otra dependencia de esta entidad a que   corresponda, dispondrá el mantenimiento de las mismas por conducto del Distrito   de Obras Públicas No 1, que tiene su sede en el Departamento de Antioquia.          

ARTICULO 3º.- La   presente Ley no implica gasto ni inversión directa, ya que los distritos de   carreteras poseen sus propios recursos y presupuestos sobre los que puede girar.          

ARTICULO 4º.- Esta   Ley rige desde su sanción y deroga las que le sean contrarias.          

Dada en Bogotá, D.   E., a los…          

El Presidente del   honorable Senado de la República, ALVARO VILLEGAS MORENO, el Presidente de la   honorable Cámara de Representantes, MIGUEL PINEDO VIDAL, el Secretario General   del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario   General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.          

República de Colombia – Gobierno Nacional  

Bogotá, D. E., 23 de diciembre de 1985.      

       

Publíquese y   ejecútese.          

BELISARIO BETANCUR          

El Ministro de   Hacienda y Crédito Público,  

Hugo Palacios Mejía,  

el Ministro de Obras   Públicas y Transporte,  

Rodolfo Segovia   Salas.    

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