LEY 110 DE 1985
(DICIEMBRE 13)
Por la cual se decretan unas operaciones en el Presupuesto Nacional para la vigencia fiscal de 1985, y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
ARTICULO 1º.- Adiciónase el presupuesto de rentas y recursos de capital de la vigencia fiscal de 1985 en la cantidad de cuarenta mil ciento treinta y cinco millones ochocientos noventa y nueve mil pesos ($40.135.899.000) moneda corriente, con base en los certificados de disponibilidad números 53 de octubre de 1985 por valor de $6.200.000.000 del cual se utiliza la suma de $4.433.400.000; 61 de noviembre de 1985 por valor de $36.000.000.000 del cual se utiliza la suma de $35.702.499.000, los cuales se incorporarán así:
Debido a lo extenso de esta ley se omite su publicación y se informa que el texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 37273 del 13 de diciembre de 1985.
ARTICULO 20.- Esta Ley rige a partir de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a ……. del mes de … de mil novecientos ochenta y cinco (1985).
El Presidente del honorable Senado de la República, ALVARO VILLEGAS MORENO, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, MIGUEL PINEDO VI DAL, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 13 de diciembre de 1985.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hugo Palacios Mejía.