LEY 11 DE 1974

Leyes 1974
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LEY 11 DE 1974

  (Septiembre 30)

  por la cual se honra la memoria de un colombiano ilustre

  El Congreso de Colombia,

  DECRETA:  

Artículo 1. La Nación honra la memoria del Profesor Luis López de Mesa y señala   su vida, sus servicios cívicos y sus méritos en ciencia y cultura, como   expresiones ejemplares del colombiano orientado por categóricos ideales   humanísticos y patrióticos.

  Artículo 2. La Nación erigirá en la capital de la República, en memoria del   insigne compatriota, un monumento que por su propósito honorífico y por su   función arquitectónica sirva de sede al Colegio Máximo de las Academias del cual   el Profesor Luis López de Mesa fue fundador, en el sitio y con las   características que acuerden el Ministerio de Educación Nacional y el Colegio   Máximo. La placa conmemorativa llevará la leyenda:

  “El Congreso de Colombia al ilustre servidor de la cultura nacional, Luis López   de Mesa”. Una placa semejante será colocada en la Biblioteca de la Universidad   de Antioquia.

  Artículo 3. Concédense los siguientes auxilios:

  b) Uno de ciento cincuenta mil pesos ($150,000) durante dos años, a favor de la   Universidad de Antioquia, para la publicación de las obras completas del   Profesor López de Mesa, y

  c) Uno de doscientos cincuenta mil ($250,000) por una sola vez, para la   instalación de la Biblioteca “Luis López de Mesa” de la Academia Colombiana de   Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, y uno anual de treinta mil pesos   ($30,000) para el sostenimiento de dicha Biblioteca.

  Artículo 4. Autorizase al Gobierno Nacional para dar ejecución a la presente   Ley.

  Artículo 5. Copias de estilo, con las firmas autógrafas de los Presidentes de la   Cámaras y de sus Secretarios, serán enviadas a la Universidad de Antioquia y al   Colegio Máximo de las Academias de Colombia.

  Comuníquese y publíquese.

  Dada en Bogotá, D.E., a los treinta días del mes de julio de mil novecientos   setenta y cuatro.

  El Presidente del honorable Senado de la República, JULIO CESAR TURBAY AYALA.-El   Presidente del honorable Cámara de Representantes, LUIS VILLAR BORDA.-El   Secretario General del honorable Senado, Amaury Guerrero.-El Secretario General   de la honorable Cámara de Representantes, Ignacio Laguado Moncada.

  República de Colombia.-Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E., 30 de septiembre de 1974

  Publíquese y ejecútese.

  ALFONSO LOPEZ MICHELSEN 

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Rodrigo Botero   Montoya.-  

Hernando Durán   Dussán 

             

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