LEY 100 DE 1985
(NOVIEMBRE 22)
Por la cual se conceden autorizaciones al Gobierno Nacional para construir una carretera.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.- De acuerdo al numeral 11 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizar al Gobierno Nacional para que por intermedio del Ministerio de Obras Públicas, proceda en la forma más conveniente, a contratar los estudios y trazados de la carretera Valledupar-Patillal-Palomino y ejecutar la obra de esta vía.
ARTICULO 2º.- Asimismo autoriza al Gobierno Nacional para adicionar la construcción de esta carretera a los programas del Ministerio de Obras Públicas.
ARTICULO 3º.- Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de … de mil novecientos ochenta y cinco (1985).
El Presidente del honorable Senado de la República, ALVARO VILLEGAS MORENO, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, CESAR PEREZ GARCIA, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 22 de noviembre de 1985.
Publíquese y ejecútese.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hugo Palacios Mejía, el Ministro de Obras Públicas y Transporte, Rodolfo Segovia Salas.