LEY 07 DE 1987

Leyes 1987
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LEY 7 DE 1987  

(Enero 21)  

Por la cual se concede una   autorización al Gobierno para nacionalizar unas  

carreteras en el Departamento de   Cundinamarca.  

El Congreso de Colombia  

DECRETA:  

a) La carretera que de Ubaté   conduce al Carmen de Carupa, en una longitud de catorce kilómetros.  

b) La carretera que de Ubaté   conduce a los Municipios de Lengua-zaque y Villapinzón, en un trayecto de   cuarenta kilómetros.  

ARTICULO 2º.-El   Gobierno, en desarrollo de la autorización que por medio de esta Ley se le   otorga, dispondrá que el Ministerio de Obras Públicas adelante el mantenimiento   de las mencionadas vías por conducto del Distrito de Obras Públicas de acuerdo   con la jurisdicción.  

ARTICULO 3º.-Esta   Ley rige a partir de la fecha de su sanción.  

Dada en Bogotá, D. E., a los …   días del mes de … de mil novecientos ochenta y seis (1986).  

El Presidente del honorable   Senado de la República, HUMBERTO PELAEZ GUTIERREZ, el Presidente de la honorable   Cámara de Representantes, ROMAN GOMEZ OVALLE, el Secretario General del   honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario   General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.  

República de Colombia-Gobierno   Nacional Bogotá. D. E., 21 de enero de 1987.  

Publíquese y ejecútese.  

VIRGILIO BARCO  

El Ministro de Obras Públicas y   Transporte, Luis Fernando Jaramillo Correa.  

           

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