LEY 061 DE 1985

                

    

LEY 61 DE 1985  

(SEPTIEMBRE 16)  

Por la cual se adopta la Palma de Cera   (Ceroxylom Quindiuense) como Arbol Nacional.  

El Congreso de Colombia  

DECRETA:  

ARTICULO 1º.- Declárase como Arbol Nacional y   Símbolo Patrio de Colombia a la especie de Palma científicamente llamada   Ceroxybm Quindiuense y comúnmente denominada Palma de Cera.  

ARTICULO 3º.- Prohíbese la tala de la Palma de   Cera bajo sanción penal aplicable en forma de multa, convertible en arresto, en   beneficio del Municipio donde se haya cometido la infracción de conformidad con   el Decreto-ley 2811 de 1974.  

ARTICULO 4º.- Esta Ley rige a partir de la   fecha de su sanción.  

Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes   de… de mil novecientos ochenta y cinco (1985).  

El Presidente del honorable Senado de la   República, ALVARO VILLEGAS MORENO, el Presidente de la honorable Cámara de   Representantes, MIGUEL PINEDO VIDAL, el Secretario General del honorable Senado   de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la   honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.  

República de Colombia – Gobierno Nacional  

Bogotá, D. E., 16 de septiembre de 1985.        

         

Publíquese y ejecútese.  

BELISARIO BETANCUR  

El Ministro de Agricultura, Roberto Mejía   Caicedo.