LEY 038 DE 1985

Leyes 1985
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LEY 38 DE 1985        

(FEBRERO 5)                

Por la cual se crea el Distrito de Obras Públicas en la   Intendencia del Putumayo y se dictan otras disposiciones.          

El Congreso de Colombia          

DECRETA:          

ARTICULO 1º.- Créase el Distrito de Obras Públicas número 27   con jurisdicción en toda la Intendencia del Putumayo y con sede en el Municipio   de Mocoa (Putumayo).          

ARTICULO 2º.- El Distrito de Obras Públicas que se crea por   esta ley se desmembra del Distrito de Obras Públicas número 14 que tiene como   sede la ciudad de Pasto en el Departamento de Nariño en cuyo territorio seguirá   funcionando.          

ARTICULO 3º.- El Ministro de Obras Públicas y Transporte, de   acuerdo con las disponibilidades presupuestales del Fondo Vial Nacional, hará   todas las operaciones necesarias para que el Distrito de la Intendencia del   Putumayo comience a funcionar con el personal, maquinarias e instalaciones   requeridas para la construcción y conservación de las carreteras nacionales.          

ARTICULO 4º.- Facúltase al Gobierno Nacional para que realice   los créditos y contracréditos necesarios para el cumplimiento de la presente   ley.          

ARTI CULO 5º.- Esta Ley rige desde su sanción y deroga todas   las que le sean contrarias.          

Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de… de mil   novecientos ochenta y          

El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME   TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA   GOM EZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín   Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de   Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.          

República de Colombia – Gobierno Nacional  

Bogotá, D. E., 5 de febrero de 1985.          

Publíquese y ejecútese.          

La Ministra de Hacienda y Crédito Público (E), María Mercedes   Cuéllar de Martínez. el Ministro de Obras Públicas y Transporte, Hernán Beltz   Peralta.    

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