LEY 036 DE 1985

Leyes 1985
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LEY 36 DE 1985        

(ENERO 31)                

Por la cual la Nación se asocia ala celebración del   Bicentenario del Municipio de Sutatenza, en el Departamento de Boyacá y se   dictan otras disposiciones.            

El Congreso de Colombia          

DECRETA:          

ARTICULO 1º.- La Nación se asocia a la celebración del   Bicentenario del Municipio de Sutatenza, en el Departamento de Boyacá y se rinde   tributo de admiración a la memoria de sus fundadores, exalta las virtudes   cívicas y el espíritu progresista de sus habitantes.          

ARTICULO 2º.- De conformidad con los numerales 17 y 20 del   articulo 76 de la Constitución Política de Colombia, autorizase al Gobierno   Nacional para planificar, desarrollar y ejecutar las siguientes obras de   beneficio público y de interés social en el Municipio de Sutatenza así:          

a) Construcción y dotación del Colegio San Bartolomé;  

b) Terminación y pavimentación de las calles de Sutatenza;  

c) Mejoramiento del acueducto;  

d) Dotación de una biblioteca para la Casa de la Comunidad;  

e) Mejoramiento de la plaza de mercado;  

f) Construcción y dotación de un centro de salud.          

ARTICULO 3º.- Autorizase al Gobierno Nacional para efectuar   las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar   los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.          

ARTICULO 4º.- Esta Ley rige a partir de la fecha de su   sanción.          

Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de… de mil   novecientos ochenta y cuatro (1984).          

El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME   TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA   GOMEZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín   Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de   Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.          

República de Colombia – Gobierno Nacional  

       

Publíquese y ejecútese.          

BELISARIO BETANCUR          

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito   Bonnet, el Ministro de Salud, Amaury García Burgos, el Ministro de Obras   Públicas y Transporte, Hernán Beltz Peraka.        

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