LEY 008 DE 1985

Leyes 1985
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LEY 8 DE 1985  

   

(ENERO 3)  

   

Por la cual se nacionaliza una carretera y algunos ramales que   parten de esta vía, en el Departamento de Bolívar.  

   

El Congreso de Colombia  

   

   

   

   

DECRETA:  

   

ARTICULO 1º.- Nacionalizase la carretera que partiendo del   Municipio de Córdoba va hasta el Municipio de Zambrano con una extensión   aproximada de 15 kilómetros y los ramales que partiendo de esta vía, van a las   siguientes poblaciones:  

   

a) Córdoba a Tacamocho en una extensión aproximada de cuatro (4)   kilómetros.  

b) De Córdoba-San Andrés, de una extensión aproximada de cuatro   (4) kilómetros.  

d) De Guaimaral a San Pedro en una extensión aproximada de   cuatro (4) kilómetros.  

   

   

ARTICULO 2º.- El Ministerio de Obras Públicas por intermedio de   la Jefatura de Conservación de Carreteras o cualquier otra dependencia de esa   entidad a que corresponda, dispondrá el mantenimiento de las mismas por conducto   del Distrito de Obras Públicas número 3 que tiene como sede la ciudad de   Cartagena en el Departamento de Bolívar.  

   

   

ARTICULO 3º.- La presente ley no implica gastos ni inversión ya   que los diferentes Distritos de Carreteras existentes en el país tienen sus   presupuestos propios y sobre éstos pueden girar.  

   

   

ARTICULO 4º.- Esta ley rige desde su sanción y deroga todas las   que le sean contrarias.  

   

   

Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de… de mil   novecientos ochenta y cuatro (1984).  

El Presidente del Honorable Senado de la República, JOSE NAME   TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA   GOMEZ, el  

   

Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín   Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de   Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.  

República de Colombia – Gobierno Nacional  

Bogotá, D E., 3 de enero de     1985.        

         

Publíquese y ejecútese  

BELISARIO BETANCUR  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Roberto Junguito Bonnet,  

Hernán Beltz Peralta.    

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