LEY 7 DE 1985
(ENERO 3)
Por medio de la cual se nacionalizan unas carreteras en el Departamento del Meta.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Nacionalízanse las siguientes carreteras en el Departamento del Meta:
a) La carretera existente entre San Juan de Arama y Vistahermosa.
b) La carretera existente entre San Juan de Arama-Mesetas-La Uribe.
c) La carretera existente entre Cubarral-El Castillo-El Cable.
d) La carretera existente entre Puerto Lleras y Puerto Rico.
ARTICULO 3º.- Esta ley rige desde su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de … de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA GOMEZ, el Secretario General del honorable Senado de la República. Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Bogotá, D. E.. 3 de enero de 1985.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet, el Ministro de Obras Públicas y Transporte, Hernán Beltz Peralta.