LEY 003 DE 1985

Leyes 1985
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LEY 3 DE 1985  

(ENERO 3)  

Por la cual sé nacionalizan unas carreteras en el Departamento   del Magdalena.  

El Congreso de Colombia  

DECRETA:  

   

ARTICULO 1º.- Nacionalízanse las siguientes carreteras del   Departamento del Magdalena:  

a) La que partiendo de Santa Marta, conduce al Corregimiento de   Taganga, en extensión de tres (3) kilómetros.  

b) La que partiendo del Corregimiento del Campano conduce al   Corregimiento de la Tagua, en extensión de diez (10) kilómetros.  

ARTICULO 2º.- El Ministerio de Obras Públicas dispondrá del   mantenimiento de las vías mencionadas en el artículo anterior, a través del   Distrito de Carreteras número 21 con sede en Fundación, carretera de la salida a   Valledupar.  

ARTICULO 3º.- La presente ley no implica gastos ni inversiones   directas ya que los distritos de carreteras tienen presupuestos propios.  

Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de… de mil   novecientos ochenta y cuatro (1984).  

El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME   TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA   GOMEZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín   Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de   Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.  

República de Colombia – Gobierno Nacional  

Bogotá, D. E., 3 de enero de     1985        

         

Publíquese y ejecútese.  

BELISARIO BETANCUR.  

Él Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Roberto Junguito Bonnet,  

el Ministro de Obras Públicas y Transporte,  

Hernán Beltz Peralta.    

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