LEY 89 DE 1968
(DICIEMBRE 31 DE 1968)
Por la cual la Nación cede a la ciudad de Tunja un lote de terreno con destino al Estado Municipal.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1. Sédese al Municipio de Tunja el lote de terreno número 7839 de propiedad de la Nación, ubicado en el área urbana de esa ciudad, alinderado así: Por el Norte, con la calle 32; por el Oriente, con propiedades de Jaime Gabriel Salgado (sucesión); por el Sur, con propiedades del Departamento de Boyacá, y por el Occidente con los Ferrocarriles Nacionales.
Artículo 2. El lote de terreno 7839 alinderado en el artículo anterior será destinado al Estadio de la ciudad de Tunja junto con las obras iniciales con tal fin.
Artículo 3. Derógase las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Artículo 4. Esta Ley rige a partir de su sanción.
Dada en Bogotá, D.C., a 10 de diciembre de 1968.
El Presidente del Senado,
HUGO ESCOBAR SIERRA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
PEDRO DUARTE CONTRERAS.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
EL Secretario de la Cámara de Representantes,
Juan José Neira Forero.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., a 31 de diciembre de 1968.
Publíquese y Ejecútese.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Octavio Arizmendi Posada.
El Ministro de Obras Públicas,
Bernardo Garcés Córdoba.