Produced by the free evaluation copy of TotalHTMLConverter
LEY 84 DE 1965
(diciembre 23 DE 1965)
por la cual La Nación contribuye a la financiación de la ampliación de la red de alcantarillado de la Ciudad de Pereira.
El Congreso de Colombia,
DECRETA
Artículo 1. La Nación contribuirá con la suma de doce millones de pesos ($ 12’000.000.00), a la financiación de la ampliación de la red de alcantarillado y colectores de aguas negras de la ciudad de Pereira, según los planos y proyectos elaborados por las Empresas Públicas de dicha ciudad.
Artículo 2. El pago de la contribución que por el artículo anterior se decreta, se hará en el curso de los próximos 4 años, a razón de 3 millones de pesos en cada presupuesto anual.
Artículo 3. Las partidas correspondientes serán incluidas en los Presupuestos de las vigencias inmediatamente siguientes a la aprobación de la presente Ley; caso contrario, queda autorizado el Gobierno para abrir los créditos necesarios, contratar empréstitos, y realizar todas las gestiones encaminadas a la efectividad de la misma.
Artículo 4. El auxilio de que trata el artículo primero será pagado a las Empresas Públicas Municipales de Pereira y la Contraloría General de la República controlará la inversión de los fondos nacionales a que la presente Ley se refiere.
Artículo 5. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, a los diez y ocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cinco.
El Presidente del honorable Senado,
EUGENIO GÓMEZ GÓMEZ
Produced by the free evaluation copy of TotalHTMLConverter
DIEGO URIBE VARGAS
El Secretario General del honorable Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario de la honorable Cámara,
Luis Esparragoza Gálvez.
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., diciembre 23 de 1965.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEÓN VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Joaquín Vallejo Arbeláez.
El Ministro de Fomento,
Aníbal López Trujillo.