LEY 8 DE 1967

Leyes 1967
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LEY 8 DE     1967  

(marzo 22 DE 1967)    

por     la cual la Nación construye sendas obras de carácter    social en el Departamento de Nariño.    

El     Congreso de Colombia,    

   

DECRETA  

Artículo 1. La sociedad     “Centrales Eléctricas de Nariño-Cedenar”, previo estudio, realizará la     electrificación de las poblaciones de “Tunja Grande” (Municipio de Florida),     “Rosal del Monte” (Municipio de Buesaco), y “Los Arrayanes” (Municipio de     Córdoba), en el Departamento de Nariño, para lo cual la Nación le girará la suma     de ochocientos mil pesos ($ 800.000.00).    

   

Artículo 2. La Nación, por     intermedio del Ministerio de Comunicaciones y de la Empresa Nacional de Tele     comunicaciones procederá a dotar de oficinas de Marconi y de servicio de     radioteléfono para el público, a los siguientes pueblos del Departamento de     Nariño: Muellamués (Municipio de Guachucal), Yascual (Municipio de Túquerres),     “El Palmar”,(Municipio de El Rosario).    

   

Artículo 3. Cada uno de los     Municipios beneficiados con estos servicios cederá, a título gratuito, el     terreno necesario para la construcción de las oficinas, de acuerdo con las     normas del Ministerio de Comunicaciones.    

   

Artículo 4. Para dar     cumplimiento y viabilidad a la presente Ley, la Nación procederá a incluír en el     Presupuesto de la próxima  vigencia la cantidad de setecientos mil pesos ($     700.000.00), y si no lo hiciere, queda facultado el Gobierno para verificar los     traslados y abrir los créditos correspondientes a efectuar las operaciones de     carácter fiscal hasta el cumplimiento total de esta disposición.    

   

Artículo 5.   Esta Ley regirá     desde su sanción.  

Dada en Bogotá, D.C., a 22     de febrero de 1967.    

El Presidente del Senado,    

MANUEL MOSQUERA GARCÉS    

El Presidente de la Cámara     de Representantes,    

CARLOS DANIEL ABELLÓ ROCA    

El Secretario del Senado,    

Lázaro Restrepo Restrepo.    

Secretario de la Cámara de     Representantes,    

Luis Esparragoza Gálvez.    

República de Colombia.     Gobierno Nacional.    

Bogotá, D.C., marzo 22 de     1967.    

Publíquese y ejecútese.    

CARLOS LLERAS RESTREPO    

El Ministro de Hacienda y     Crédito Público,    

Abdón Espinosa Valderrama.  

   

El Ministro de Fomento,    

Antonio Álvarez Restrepo.  

   

El     Ministro de Comunicaciones,    

Douglas Botero Boshell.                    

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