LEY 79 DE 1968
(DICIEMBRE 30)
Por la cual se honra la memoria del doctor Pedro Castro Monsalvo.
DECRETA
Artículo 1. La Nación honra la memoria del doctor Pedro Castro Monsalvo, eminente hombre público, político y parlamentario.
Artículo 2. La “Escuela Industrial de Valledupar”, que será elevada a la categoría de instituto Técnico por el Ministro de Educación de denominara Instituto Técnico Industrial Pedro Castro Monsalvo, y seguirá funcionando en la misma ciudad, como un homenaje al ilustre republico desaparecido.
Parágrafo. El Gobierno Nacional queda autorizado para apropiar las partidas que sean necesarias para el cumplimiento de este artículo, pudiendo efectuar además los traslados presupuéstales indispensables, a fin de que el citado establecimiento educativo comience a funcionar con el equipo, dotación y personal correspondiente a su nueva categoría.
Artículo 3. En la ciudad de Valledupar en el lugar que señalen las autoridades municipales se fijará una placa conmemorativa con la siguiente leyenda: “ El Congreso de Colombia a Pedro Castro Monsalvo”.
Artículo 4. La presente Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de diciembre de 1968
El Presidente del Senado,
HUGO ESCOBAR SIERRA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
PEDRO DUARTE CONTRERAS.
El Secretario del honorable Senado,
Luis Guillermo Velásquez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Juan José Neira Forero.
Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 1968.