LEY 73 DE 1968
(DICIEMBRE 26 DE 1968)
Por la cual se auxilia a la Diócesis de Armenia.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artículo 1. Auxiliase a la Diócesis de Armenia con destino a la construcción de la Catedral de dicha ciudad con la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.00).
Artículo 2. El Gobierno Nacional queda autorizado para hacer las apropiaciones necesarias y arbitrar los recursos que demande el cumplimiento de esta Ley.
Artículo 3. Las formalidades exigidas por la Ley 11 de1967 y de acuerdo con el artículo 10 de la misma, serán cumplidas por la entidad beneficiada por la presente Ley, en el momento de hacerse el pago a que ella se refiere.
Artículo 4. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho.
El Presidente del Senado,
MARIO S. VIVAS.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
PEDRO DUARTE CONTRERAS.
El Secretario del Senado,
Luis Guillermo Velásquez.
El Secretario de la Cámara,
Juan José Neira Forero.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá D. E., a 26 de diciembre de 1968.