LEY 70 DE 1968

Leyes 1968
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LEY 70 DE 1968  

(DICIEMBRE 26)        

Por la cual se ordena la ampliación y dotación del    Amparo de niños de la ciudad de Girardot.        

El congreso de Colombia  

DECRETA  

Artículo    1. La Nación procederá a entregar la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00)    moneda corriente a la Junta Directiva del Amparo de niños de la ciudad de    Girardot (Departamento de Cundinamarca) , para que proceda a la ampliación de    su edificio.  

Artículo    2. La Nación por intermedio del Ministerio de Justicia y con cargo al    Departamento de Menores entregará mensualmente al Amparo de niños en Girardot y    para sus gastos de funcionamiento la suma de diez mil pesos (10.000.00) moneda    corriente.        

   

Artículo    3. El Gobierno Nacional incluirá en el presupuesto de la actual vigencia estas    partidas y en caso de no hacerlo queda facultado para verificar en las próximas    vigencias los traslados presupuéstales que sean necesarios para darle    cumplimiento a la presente Ley.        

   

   

Dada    en Bogotá, D. C., a 28 de noviembre de 1968.        

El    Presidente del Senado,  

MARIO S. VIVAS.  

   

El Presidente de la Cámara de    Representantes,  

RAMIRO ANDRADE TERAN.  

El Secretario del Senado, Amaury    Guerrero.  

   

El Secretario de la Cámara de Representantes,  

Adriano        

Republica de Colombia-Gobierno Nacional        

Bogotá D. C., a 26 de diciembre de 1968                    

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