LEY 53 DE 1967

Leyes 1967
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 LEY  53 DE     1967  

por     la cual se establece la cooperación económica de la    Nación en favor de la Diócesis de Buga y se dictan otras    disposiciones.    

El     Congreso de Colombia    

   

DECRETA  

Artículo  1. La Nación se     asocia al trascendental acontecimiento de la creación de la Diócesis de Buga,     por decisión de Su Santidad Paulo VI, y rinde homenaje a esta noble y señorial     ciudad, cuna de colombianos eminentes que figuran en el historial de la     República como próceres, estadistas, Jefes de Estado, libertadores, hombres de     ciencia y de ejemplares virtudes ciudadanas.    

   

Artículo 2. La Nación     cooperará con la cantidad de cinco millones de pesos ($ 5.000.000), en favor de     la Diócesis, de Buga, para la construcción del Seminario y de la Catedral,     cantidad que será entregada al obispo para la respectiva inversión.    

   

Artículo 3. La cantidad     decretada en esta Ley se apropiará en los Presupuestos de las vigencias de 1968     y 1969. En caso contrario el Gobierno abrirá los créditos, hará las traslaciones     en el Presupuesto, firmará los documentos de crédito a favor de la diócesis,     negociará empréstitos con la responsabilidad de la Nación en operaciones de     crédito, y celebrará toda clase de negociaciones  financieras  que fueren     necesarias para la efectividad del presente     mandato legal.  

Artículo 4. Las     formalidades de la Ley 11 de 1967, y de acuerdo con el artículo décimo de la     misma, serán cumplidas por las entidades beneficiadas con la presente Ley, en el     momento de hacerse el pago de las apropiaciones a que ella se refiere.    

   

Artículo 5. Esta Ley regirá     desde su sanción.  

Dada en Bogotá, D.E., a 5 de     diciembre de 1967.    

El Presidente del  Senado,    

 GUILLERMO ANGULO   GÓMEZ    

El Presidente de la  Cámara     de Representantes,    

 RAMIRO ANDRADE    

El Secretario del Senado,    

Amaury Guerrero    

Luis Esparragoza Gálvez    

República de Colombia.     Gobierno Nacional.    

Bogotá, D.E., diciembre 26     de 1967.    

Publíquese y ejecútese.    

CARLOS LLERAS RESTREPO    

El Ministro de Hacienda y     Crédito Público,    

Abdón Espinosa Valderrama                    

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