LEY 50 DE 1968

Leyes 1968
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LEY 50 DE 1968  

(DICIEMBRE 16 DE 1968)   

por la cual la Nación se asocia al     vigésimo quinto    aniversario de fundación del Colegio “Pascual de Andagoya” de    Buenaventura y se autoriza un auxilio para ampliación de sus servicios.        

El Congreso de Colombia   

   

DECRETA  

Artículo 1 La Nación se asocia a la conmemoración del    vigésimo quinto aniversario de fundación del Colegio “Pascual de    Andagoya” de la ciudad de Buenaventura que su cumplirá el 27 de mayo de    168.        

   

Artículo 2      Con tal motivo y en reconocimiento al valioso aporte    que dicho Colegio ha prestado a la educación secundaria y profesional de las    Juventudes del Litoral Pacífico en los veinticinco años de funcionamiento,    auxíliasele con la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00), como    colaboración de la Nación en sus programas de ampliaciones locativas, apertura    de nuevas aulas, dotaciones de muebles y enseres, instrumentales para    laboratorios de física, química y biología, biblioteca, sala artística,    instalaciones deportivas y demás servicios complementarios, proyectados por la    Junta Directiva del establecimiento.        

   

Artículo 3       El auxilio arriba decretado será incluido en cuantías    de un millón de pesos ($ 1.000.000.00) en los Presupuestos de las tres próximas    vigencias, se pagará directamente a la Tesorería del Colegio mediante el    cumplimiento de las formalidades previstas en la     Ley 11 de 1967, que    serán satisfechas en el momento de hacer el cobro, quedando facultado el    Gobierno para proveer tales sumas a través de traslaciones o de créditos    presupuestales en caso de omitirlas en la respectiva Ley de Apropiaciones.        

   

Artículo 4      Esta Ley regirá desde su sanción.        

   

El Presidente del Senado,        

MARIO S. VIVAS.  

El Presidente de la Cámara de Representantes,        

RAMIRO ANDRADE TERAN.  

El Secretario del Senado,        

Amaury Guerrero.  

El Secretario de la Cámara de Representantes,        

Juan José Neira Forero.        

República de Colombia.-Gobierno Nacional.        

Bogotá, D. E., 16 de diciembre de 1968.        

Publíquese y Ejecútese.        

CARLOS LLERAS RESTREPO        

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,        

Abdón Espinosa Valderrama.  

El Ministro de Educación Nacional,        

Octavio Arizmendi Posada.                            

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