LEY 5 DE 1970
(NOVIEMBRE 23 DE 1970)
Por la cual el Congreso Nacional se vincula a la celebración del primer centenario de la fundación del Colegio de La Esperanza, en la ciudad de Cartagena.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artículo 1. En reconocimiento a la labor educativa realizada por el Colegio de La Esperanza, de Cartagena, durante cien (100) años, desde su fundación, para bien de la educación de la juventud de la Costa Atlántica, en nombre del Congreso Nacional se colocará una placa de mármol de 0.80 X 0.60 metros, en los salones de ese plantel, con la siguiente leyenda:
1870- 2 DE ENERO- 1970
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
En reconocimiento a los fundadores, General Joaquín F. Vélez y don Abel Mariano de Irisarri y Rectores, doctores Antonio José de Irisarri y Antonio María de Irisarri, en homenaje al primer centenario de la fundación del Colegio de La Esperanza, en la ciudad de Cartagena.
Ley número ….. de 1969.
Artículo 2. Una comisión de miembros del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, se hará presente en la colocación de la placa de mármol, de que trata el artículo primero de esta Ley, en los salones del Colegio de La Esperanza, el día 2 de enero de 1971.
Artículo 3. Corresponde a las Mesas Directivas del Senado y Cámara de Representantes, la elaboración de la placa en mármol señalada en la presente Ley.
Artículo 4. Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.C., a 20 de octubre de 1970.
El Presidente del Senado,
EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
GILBERTO SALAZAR RAMIREZ.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Eusebio Cabrales Pineda.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D.C., 23 de noviembre de 1970.
Publíquese y ejecútese.
MISAEL PASTRNA BORRERO
El Ministro de Educación Nacional,