LEY 4 DE 1971

Leyes 1971
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LEY 4 DE 1971  

(marzo 6   DE 1971)

    por la cual se honra la memoria de un institutor y se dictan otras     disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA

         

Artículo 1. La Nación honra la memoria de Don Eudoro Granada Arango, benemérito     institutor caldense, cuya vida constituye un ejemplo de consagración a la     educación pública y a la orientación espiritual de la juventud.

Artículo 2. La Nación procederá a la construcción o adquisición de un edificio     para que en él funcione un colegio de varones en la ciudad de Armenia,     Departamento del Quindío, el que llevará el nombre de “ Colegio Eudoro Granada     Arango”. Tanto los gastos de construcción o compra como los de dotación y     funcionamiento correrán a cargo de la Nación.

Artículo 3. Los requisitos del artículo 10 de la Ley 11 de 1967, que interpreta     los numerales 4 y 19 del artículo 76 de la Constitución, serán cumplidos por el     Municipio de Armenia al obtenerse la cooperación de la Nación y el pago de los     auxilios decretados; queda ampliamente facultado el Gobierno Nacional para     posponer las exigencias de la citada Ley 11, hasta el momento de dar     cumplimiento a estas ordenaciones, y la Contraloría General de la Nación     fiscalizará, en debida forma, la inversión de los fondos públicos.

Artículo 4. El Ministerio de Educación Nacional procederá a ordenar la     elaboración de un retrato al óleo del connotado institutor caldense, el que será     colocado en el salón de sesiones del Consejo de Armenia. El retrato llevará al     pie la siguiente leyenda “El Congreso de Colombia a don Eudoro Granada Arango,     ilustre institutor”.

Artículo 5. Copia, en pergamino, del texto de esta Ley será puesta en manos de     la familia del institutor mencionado, y entregado al Consejo de Armenia.

Artículo 6. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogota, D.C., a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos     setenta.

    El Presidente del honorable Senado,  

EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.  

El Presidente de la     honorable Cámara de Representantes,  

GILBERTO SALAZAR RAMÍREZ.  

El Secretario del     honorable Senado,  

Amaury Guerrero.  

El Secretario de la honorable Cámara de     Representantes,  

Eusebio Cabrales Pineda.

    República de Colombia.-Gobierno Nacional.

    Bogotá, D.C., 6 de marzo de 1971

    Publíquese y ejecútese.

    El Presidente del Congreso, 

    GILBERTO ABUCHAIBE OCHOA

    El Secretario del Congreso,    

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