LEY 36 DE 1965
(octubre 30 de 1965)
por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1965 (Ministerio de Obras Públicas), por $ 16’225.732.50.
El Congreso de Colombia,
DECRETA
Artículo 1. Adiciónense los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1965, con la cantidad de diez y seis millones doscientos veinticinco mil setecientos treinta y dos pesos con cincuenta centavos ($ 16.225.732.50) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 14, 18 y 21 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se imputarán a los siguientes numerales:
Presupuesto de Rentas e Ingresos
Recursos del Crédito
Produced by the free evaluation copy of TotalHTMLConverter
CAPITULO XV
a) Recursos del Crédito Interno
Numeral 160. Producto de la emisión de pagarés de Deuda Pública Interna, expedidos a favor del Departamento del Magdalena, para financiar la construcción y terminación de las carreteras incluidas en el Plan Vial de dicho Departamento, de conformidad con las autorizaciones del Decreto Legislativo número 044 de 1958 y el contrato de fecha 29 de marzo, del mismo año . $ 600.000.00
CAPITULO XVI
b) Recursos del Crédito Externo
Numeral 164. Producto de 106 pagarés de Deuda Pública Externa, emitidos para financiar la compra de equipo para la construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 88 de 1931, y el Decreto Legislativo número 1651 de 1955
$ 1.680.134.40
Numeral 168. Producto de los Pagarés de Deuda Pública Externa, emitidos para financiar la construcción de puentes en el territorio nacional, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno por la Ley 88 de 1931, el Decreto Legislativo número 1650 de 1960 y la Ley 130 de 1959
. $ 13.945.598.10
Suman los recursos $ 16.225.732.50
Artículo 2. Con base en los recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965:
Presupuesto de Inversión
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
CAPITULO 1192
Rama Operativa
Programa III
Adquisición y Conservación de Equipos
Produced by the free evaluation copy of TotalHTMLConverter
(Recursos del Crédito Externo)
460, 264. Artículo 11914‑A. Para legalizar la entrega de los Pagarés de Deuda Pública Externa, emitidos para financiar la compra de equipo para la construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras nacionales de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 88 de 1931 y el Decreto Legislativo número 1651 de 1955. $ 1.680.134.40
Proyecto 2. Para legalizar la entrega de los Pagarés números 1 a 7 de la Serie MM, expedidos a favor de L. y R. Peláez Vélez Angel Ltda., de conformidad con las disposiciones legales citadas, y el contrato celebrado entre las partes el día 16 de abril de 1962, por US$ 186.681.60, que al cambio de 900% representa en moneda colombiana $ 1.680.134.40.
Programa III A
Construcción de Puentes
Inversión Directa
(Recursos del Crédito Externo)
460, 261. Artículo 11914‑B. Para legalizar la entrega de los Pagarés de Deuda Pública Externa, emitidos para financiar la construcción de puentes, de conformidad con las autorizaciones conferidas por las Leyes 88 de 1931 y 130 de 1959, y el Decreto Legislativo número 1650 de 1960.
$ 13.945.598.10
Proyecto 1. Para legalizar la entrega de los Pagarés 1 a 14 de la Serie A , expedidos a favor de Mitsubishi Shaji Kaisha Ltd. del Japón, de conformidad con las disposiciones legales citadas, y el contrato celebrado entre las partes el 11 de diciembre de 1963,
por US$ 679.037.92, que al cambio del 900% representan en moneda nacional. $ 6.111.341.28.
Proyecto 2. Para legalizar la entrega de los Pagarés 1 a 14 de la Serie B, expedidos a favor de Fried Krupp Mashinen Und Stahlban Rheinhansen, de Alemania, de conformidad con las disposiciones legales citadas y el contrato celebrado entre las partes el 11 de diciembre de 1963, M.D. 3.447.417.76 al cambio de 0.2525 % por dólar representa la suma de US$ 870.472.98, que al cambio del 900 % da un total en pesos colombianos de $ 7.834.256.82.
B) Programas de Inversión Indirecta
Programa VII
Subsidios para la Construcción de
Carreteras Nacionales
Recursos del Crédito Interno
Inversión Indirecta
Produced by the free evaluation copy of TotalHTMLConverter
Suman los créditos. $ 16.225.732.50
Artículo 3. El artículo 10883 de Presupuesto Nacional de la actual vigencia, quedará así:
Artículo 10883‑A). Para capitalizar la Empresa Colombiana de Turismo, en suscripciones de Acciones de la Clase A, $1.500.000.00
B) Para entregar a la Empresa Colombiana de Turismo, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo número 272 de 1952. $ 3.782.801.00 $ 5.282.801
Artículo 4. La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E. a 21 de octubre de 1965.
El Presidente del Senado,
EUGENIO GOMEZ GOMEZ.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
CARLOS ALBORNOZ R.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
EI Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis Esparragoza Gálvez.
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., 30 de octubre de 1965.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Joaquín Vallejo Arbeláez.