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LEY 29 DE 1965
(octubre 7 de 1965)
por la cual la Nación consagra la memoria de un colombiano ilustre y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia,
DECRETA
Artículo 1. La República de Colombia consagra como digno ejemplo de imitarse la memoria del doctor Luis Guillermo Echeverri Abad, eximio ciudadano, patriota esclarecido y pulcro profesional, quien prestó invaluables servicios a la administración pública como parlamentario, Ministro de Comunicaciones y diplomático, y dio a la sociedad, a la industria, a la agricultura y a la educación el aporte de sus grandes conocimientos.
Artículo 2. En homenaje a tan ilustre colombiano créase, bajo las dependencias de los Ministerios de Educación, y Agricultura, una Escuela Experimental Agrícola, anexa a la Granja Nacional San José de Nus, situada en el Municipio de San Roque, Departamento de Antioquia, y la cual llevará el nombre de “Escuela Experimental Agrícola Luis Guillermo Echeverri Abad”.
Artículo 3. Los gastos que ocasione la presente Ley serán imputables a las utilidades y presupuesto de dicha granja.
Artículo 4. Corresponderá a los Ministerios de Educación y Agricultura determinar los cursos y prácticas de la citada Escuela Experimental, lo mismo que su reglamentación, de acuerdo con los requerimientos técnicos para su normal organización.
Artículo 5. Destinase para la compra de equipos y elementos de enseñanza con destino a la citada Escuela Experimental Agrícola, la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00).
Artículo 6. Los Liceos Departamental de Jericó y Yolombó, crearán, sendas aulas que llevarán el nombre de “Luis Guillermo Eeheverri Abad”, y recibirán de la Nación, por una sola vez, auxilios por valor de cien mil pesos ($ 100.000.00).
Artículo 7. En el Presupuesto de 1964 se incluirán necesariamente las sumas que contempla esta Ley, y en caso de no hacerse, se faculta al Gobierno Nacional para abrir los créditos, hacer los traslados y otras operaciones para su fiel cumplimiento.
Artículo 8. Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E. a 15 de septiembre de 1965.
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El Presidente del Senado,
EUGENIO GOMEZ GOMEZ.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
DIEGO URIBE VARGAS.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis Esparragoza Gálvez.
República de Colombia. Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., octubre 7 de 1965.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
José Mejía Salazar.
El Ministro de Agricultura,
José Mejía Salazar.
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El Ministro de Educación Nacional,
Daniel Arango Jaramillo.