LEY 24 DE 1965
(septiembre 24 de 1965)
por la cual se nacionaliza un Colegio de segunda enseñanza en la Intendencia del Caquetá y se dictan otras disposiciones.
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El Congreso de Colombia,
DECRETA
Artículo 1. Nacionalízase a partir del 1o.de enero de 1964 el Colegio de Enseñanza Primaria y Bachillerato “Dante”, que funciona en la ciudad de San Vicente del Caguán, Intendencia del Caquetá.
Artículo 2. La Nación, por intermedio de la División de Arquitectura del Ministerio de Educación Nacional, procederá a continuar las construcciones en marcha para el funcionamiento del Colegio “Dante”, de San Vicente del Caguán, adecuándolas a las necesidades actuales y del inmediato futuro en esa región.
Artículo 3. Los auxilios decretados por la Ley 83 de 1962 con destino al colegio “Dante” a que se refieren los artículos 1. y o. de esta Ley, deberán ser aplicados a las construcciones del colegio que queda nacionalizado.
Artículo 4. El proyecto 5 del artículo 10523 de la Ley 70 de 1963, que dice: “ampliación del Hospital de las Mercedes en Marulanda” debe corregirse así: “ampliación del Hospital San José, en Marulanda $ 20.000.00”.
Artículo 5. El proyecto treinta del artículo 590 de la Ley 70 de 1963 que dice “Hospital las Mercedes de Marulanda $20.000.00”, debe quedar así: “Hospital San José de Marulanda, $20.000.00”.
Artículo 6. El ordinal 61 del artículo 7392 de la Ley 70 de 1963, que dice “Colegio de la Presentación de Samaná, $5.000.00”, debe quedar así: “Normal de Señoritas ‘Santa Catalina Laborue”, de Samaná, $ 5.000.00″.
Artículo 7. El ordinal 136 del artículo 7395 que dice: “Liceo la Concordia de Bogotá, $ 10.000.00” debe quedar así: “Instituto Santa María de la Rábida”, de Bogotá’ $ 10.000.00.”
Artículo 8. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco.
El Presidente del honorable Senado,
EUGENIO GOMEZ GOMEZ.
El Presidente de la H. Cámara,
DIEGO URIBE VARGAS.
El Secretario General del honorable Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario de la honorable Cámara,
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República de Colombia. Gobierno Nacional. Bogotá, D.E., 24 de septiembre de 1965.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Joaquín Vallejo Arbeláez.
El Ministro de Educación Nacional,
Daniel Arango Jaramillo.