LEY 22 DE 1971

Leyes 1971
image_pdfimage_print

                                            

 LEY 22 DE 1971  

(NOVIEMBRE 30 DE 1971)

    Por la cual se honra la memoria de Francisco de Paula Santander, se ordena el     traslado de sus restos y se dictan otras disposiciones.

    El Congreso de Colombia

        

    DECRETA    

Artículo 1. Ordenase al Gobierno Nacional el traslado de los restos del General     Francisco de Paula Santander del Cementerio Central de Bogotá a la Villa del     Rosario de Cúcuta.

Artículo 2. Créase la condecoración “General Francisco de Paula Santander”, en     los grados: Gran Cruz Extraordinaria, Gran Cruz, Gran Oficial, Cruz de Plata,     Comendador, Oficial y Caballero, la que será conferida por el Gobierno Nacional     a los nacionales que se distingan en el campo del derecho y de la aplicación de     las leyes, y a los residentes en Colombia que se destaquen de manera especial     por su contribución al progreso material y social de la comunidad.

    Parágrafo. En el decreto reglamentario del Gobierno establecerá la materia y     forma de la condecoración según los diversos grados, y las condiciones     especiales para su otorgamiento, así como la ceremonia o forma de imposición.

Artículo 3. El Gobierno abrirá los créditos presupuestales y efectuará los     traslados necesarios para sufragar los gastos a que diere lugar el cumplimiento     de la presente Ley, la cual regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D.C., a 9 de noviembre de 1971.

    El Presidente del Senado,

    EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.  

El Presidente de la Cámara de Representantes,

    DAVID ALJURE RAMÍREZ.  

El Secretario del Senado,

    Amaury Guerrero.  

EL Secretario de la Cámara de Representantes, 

    Néstor Niño Cruz.

    República de Colombia.-Gobierno Nacional.

    Bogotá, D. C., 30 de noviembre de 1971.

    Publíquese y Ejecútese.

    MISAEL PASTRANA BORRERO

    El Ministro de Relaciones Exteriores,

    Alfredo Vázquez Carrizosa.  

El Ministro de Justicia,

    Miguel Escobar Méndez.  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

    Rodrigo Llorente Martínez.                    

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *