LEY 22 DE 1971
(NOVIEMBRE 30 DE 1971)
Por la cual se honra la memoria de Francisco de Paula Santander, se ordena el traslado de sus restos y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artículo 1. Ordenase al Gobierno Nacional el traslado de los restos del General Francisco de Paula Santander del Cementerio Central de Bogotá a la Villa del Rosario de Cúcuta.
Artículo 2. Créase la condecoración “General Francisco de Paula Santander”, en los grados: Gran Cruz Extraordinaria, Gran Cruz, Gran Oficial, Cruz de Plata, Comendador, Oficial y Caballero, la que será conferida por el Gobierno Nacional a los nacionales que se distingan en el campo del derecho y de la aplicación de las leyes, y a los residentes en Colombia que se destaquen de manera especial por su contribución al progreso material y social de la comunidad.
Parágrafo. En el decreto reglamentario del Gobierno establecerá la materia y forma de la condecoración según los diversos grados, y las condiciones especiales para su otorgamiento, así como la ceremonia o forma de imposición.
Artículo 3. El Gobierno abrirá los créditos presupuestales y efectuará los traslados necesarios para sufragar los gastos a que diere lugar el cumplimiento de la presente Ley, la cual regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.C., a 9 de noviembre de 1971.
El Presidente del Senado,
EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
DAVID ALJURE RAMÍREZ.
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
EL Secretario de la Cámara de Representantes,
Néstor Niño Cruz.
República de Colombia.-Gobierno Nacional.
Bogotá, D. C., 30 de noviembre de 1971.
Publíquese y Ejecútese.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Alfredo Vázquez Carrizosa.
El Ministro de Justicia,
Miguel Escobar Méndez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Llorente Martínez.